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Historia Cámara de Diputadas y Diputados

El sistema político chileno contempla un Congreso Nacional Bicameral, esto es, que considera dos cámaras: la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado. Sus múltiples y variados cometidos se encuentran expresamente establecidos en la Constitución Política de la República.

La Cámara de Diputadas y Diputados está integrada por 155 miembros elegidos por votación directa, en representación de los 28 distritos electorales en los que se encuentra dividido el país (Arts. 178 y 179 de la Ley Nº 18.700, de Votaciones Populares y Escrutinios). Duran en sus cargos cuatro años y pueden ser reelegidos.

  • Los requisitos para ser candidato a diputada o diputado, son los siguientes:

  • 1. Ser cuidadana o ciudadano con derecho a voto.
  • 2. Tener cumplidos 21 años de edad.
  • 3. Haber cursado la enseñanza media o su equivalente.
  • 4. Residir en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente, durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.

La Cámara de Diputadas y Diputados tiene como función principal participar en la elaboración de las leyes junto al Senado y al Presidente de la República y como función exclusiva la de fiscalizar los actos del gobierno, es decir, emitir un juicio de valor de un determinado acto de Gobierno e iniciar acusaciones constitucionales en contra de autoridades públicas enumeradas expresamente en la Constitución Política.

Funcionamiento de la Cámara de Diputados

El día 11 de marzo siguiente a la elección de Parlamentarios, los ciudadanos cuya elección como Diputada o Diputado haya sido aprobada por el Tribunal Calificador de Elecciones, se reúnen en la Sala de Sesiones de la Cámara. Abre la sesión, en calidad de Presidente Provisional, la Diputada o el Diputado electo que haya sido el último en desempeñar el cargo de Presidente o de Vicepresidente de la Cámara. Luego del juramento o promesa de desempeñar fiel y legalmente el cargo que debe prestar todo Diputado, se procede a elegir la Mesa de la Cámara.

Constitucionalmente, el Presidente de la Cámara es uno de los llamados para subrogar al Presidente de la República cuando éste no puede desempeñar el cargo.

La Cámara sólo puede entrar en sesión y adoptar acuerdos con la concurrencia de la tercera parte de sus miembros en ejercicio. Se llama Sesión a cada reunión que celebre la Cámara o alguna de sus Comisiones. Si a la hora que fija el reglamento no hay quórum en la Sala, no podrá haber sesión y en tal caso las Diputadas y los Diputados ausentes son sancionados con una multa. El público tiene libre acceso a las tribunas de la Sala de Sesiones, salvo en sesiones secretas. Está estrictamente prohibido realizar cualquier manifestación durante las sesiones y en caso de haberlas, el Presidente puede ordenar desalojar las tribuna.

El trabajo en Sala y Comisiones

La actividad legislativa del Congreso Nacional, se desarrolla principalmente los días martes, miércoles y jueves de cada semana. Para lograr un equilibrio entre el trabajo interno de la Cámara y el compromiso con su comunidad, la diputada o el diputado dispone de una semana al mes, llamada semana distrital, en la cual no hay sesiones de la Cámara ni de Comisiones, lo que facilita el conocimiento, en el terreno mismo, de los problemas del distrito que representa.

Dentro del ámbito de trabajo en que se desenvuelven las diputadas y los diputados en la sede del Congreso, se destacan dos modalidades, las Sesiones de Comisión y las Sesiones de Sala, las que, de acuerdo con el horario de trabajo que la Cámara establece, se realizan en las mañanas y en las tardes, de manera alternada. Estos horarios son modificados cuando así lo acuerda la Cámara. Cada reunión celebrada por la Sala o por alguna Comisión, se denomina Sesión, y el quórum o asistencia mínima necesaria para su iniciación, si es sesión plenaria, es de la tercera parte de sus miembros en ejercicio.

Comisiones

Es la instancia en que un grupo de diputadas y diputados estudia en detalle los diversos proyectos de ley sometidos a su conocimiento. Una vez concluido este estudio, se designa a un miembro de ésta (diputada o diputado informante) para sostener el informe de la Comisión ante la Sala de Sesiones, en donde se discute y se vota. Las Comisiones de la Cámara de Diputadas y Diputados están compuestas por trece miembros y las del Senado por cinco, designados proporcionalmente, de acuerdo con la representación de cada partido político en las respectivas Corporaciones. Estas se han constituido según áreas específicas, las cuales mantienen cercana relación y similitud con los ministerios en que está organizado el Poder Ejecutivo. En la Cámara de Diputadas y Diputados, existen Comisiones Permanentes, Especiales Investigadoras, Unidas, Bicamerales y Mixtas.

  • Permanentes : Comisión que le corresponde el estudio detallado y especializado de materias de interés general, y recurrente en la vida nacional y, el despacho de proyectos de ley o de otros asuntos que eventualmente les asigne la Sala.
  • Especiales Investigadoras : Son formadas temporalmente, con el objeto de ejercer la facultad fiscalizadora, propia de la Cámara, con el objeto de reunir información relativa a determinados actos del Gobierno, con el acuerdo de a lo menos dos quintos de las diputadas y diputados en ejercicio.
  • Unidas : Son conformadas por dos o más Comisiones, cuando las materias sometidas al estudio de la Cámara de Diputados tienen relación con más de una.
  • Bicamerales: Es la comisión integrada por diputadas, diputados, senadoras y senadores para el estudio de materias de interés común o cuya complejidad o importancia haga necesario un sistema excepcional de discusión y aprobación.
  • Comisiones Mixtas: Son formadas por igual número de diputadas(os) y senadoras(es) (cinco en cada caso), cuyo objetivo es el de solucionar las divergencias surgidas entre ambas Cámaras en la discusión de un proyecto de ley.

Sala de Sesiones

Es el lugar donde los diputadas y diputados se reúnen para tratar los asuntos legislativos, políticos, económicos, sociales, etc., que le competen a la Cámara. En ella se aprueban o se rechazan los proyectos de ley o de acuerdo (convenios internacionales) que se someten a su consideración y cuyos informes le son elevados por la Comisión correspondiente. Cada reunión se denomina Sesión.