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Publicado 21/07/2014 12:00:41

Regulación de la tenencia responsable de mascotas encabeza la tabla de la Sala de mañana

La Sala también contempla otras tres propuestas de ley: una moción que busca regular la forma de acreditar el estado civil de soltero; una propuesta para prohibir el cobro de intereses sobre intereses; y el proyecto por el cual se aprueba el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

La Sala también contempla otras tres propuestas de ley: una moción que busca regular la forma de acreditar el estado civil de soltero; una propuesta para prohibir el cobro de intereses sobre intereses; y el proyecto por el cual se aprueba el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Con segundo informe de la Comisión de Salud rendido, pero con parte del debate y la votación pendiente, se presenta en primer lugar de la tabla de la Cámara de Diputados de este martes 22 de julio, el proyecto (boletín 6499) que regula la tenencia responsable de mascota.

La iniciativa se presenta en Sala tras un segundo análisis de la Comisión de Salud promovido por modificaciones efectuadas en la Comisión de Hacienda y frente a la presentación de indicaciones del Ejecutivo y de diputados de diversos sectores políticos.

El proyecto fija como ámbito de su aplicación las obligaciones y derechos de los tenedores de animales de compañía; la protección de la salud y bienestar animal, mediante la tenencia responsable; la protección de la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía; y la regulación de la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad, que sean consecuencia de la acción de mascotas.

Uno de los puntos ampliamente debatidos durante el trámite fue el relativo a los animal potencialmente peligroso, los cuales pasaron a ser definidos aquellos “ejemplares de la especie canina que por sus características físicas, por su masa corporal, por episodios anteriores de agresión o por su conducta agresiva, puedan causar lesiones leves a personas o daños de consideración a otros animales de su misma u otra especie”. Ello se basará en la información científica disponible y en la evaluación de expertos en conducta animal.

Asimismo, se señala que el juez competente, previa consulta a la autoridad sanitaria, podrá calificar como potencialmente peligroso a aquel ejemplar de la especie canina que haya causado lesiones leves a una persona o daños de consideración a otro ejemplar de su misma u otra especie.

El responsable de un animal calificado como potencialmente peligroso deberá adoptar las medidas especiales de seguridad y protección que determine el reglamento respecto del ejemplar, tales como la circulación de éste con bozal o arnés, la esterilización del mismo, según corresponda, la restricción a la circulación del animal en lugares de libre acceso al público o en bienes públicos y la prohibición de dejarlo al cuidado de menores de 18 años.

Asimismo, se establece la posibilidad de evaluación sicológica de los dueños de mascotas; se define una obligación de someter a adiestramiento de obediencia a los perros calificados como potencialmente peligrosos; se contempla un marco de sanciones para los dueños de estos animales (responsabilidad civil y hasta penal); y crea un registro nacional de animales potencialmente peligrosos.

El proyecto también avanza en encargar a los órganos de la administración del Estado, en especial a los Ministerios de Salud y de Educación y la autoridad municipal, promover la educación para la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, a fin de asegurar su bienestar y la salud de las personas y el ambiente.

Se indica que la autoridad sanitaria dará prioridad a la educación para la tenencia responsable de animales, a fin de controlar especialmente la población canina y felina, procurando, además, que para este efecto se apliquen otras medidas integrales de prevención, como el control sistemático de fertilidad canina y felina y de factores ambientales relacionados, y el registro e identificación de estos animales domésticos.

Al mismo tiempo, se señala que las municipalidades dictarán una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, que deberá seguir los parámetros establecidos en el Reglamento dictado por el Ministerio de Salud.

Se define que será responsable de las mascotas o animales de compañía su dueño o poseedor, quien estará obligado a la adecuada identificación del mismo y de su dueño y a su inscripción en el registro respectivo, como asimismo, a su alimentación, manejo sanitario, especialmente a la recolección y eliminación de heces, y al cumplimiento de toda otra obligación dispuesta en esta ley y sus normas complementarias.

En el caso de perros y gatos, la identificación deberá hacerse a través de un sistema único, utilizando un dispositivo permanente e indeleble, de modo que permita relacionarlo con el responsable de tales mascotas o animales de compañía. Corresponderá a las municipalidades velar por el cumplimiento de lo señalado, para lo cual el Ministerio de Salud deberá proporcionar una plataforma informática de registro e identificación de mascotas y animales de compañía, a la que accederán las municipalidades.

Será obligación del responsable de una mascota mantenerlo en su domicilio, residencia o en el lugar que destine para su cuidado, el que deberá cumplir en todo momento con las condiciones de higiene y seguridad que fije un reglamento dictado a través del Ministerio de Salud, que deberá sujetarse a las disposiciones pertinentes del Código Sanitario

La normativa prohíbe el abandono de animales y lo define como maltrato y crueldad animal, pudiendo ser sancionado conforme a las normas del Código Penal. Asimismo, se indica que todo responsable de un animal regulado en esta ley responderá siempre civilmente de los daños que se causen por acción del animal, sin perjuicio de la responsabilidad penal que le corresponda.

Se exceptúan de la regla anterior aquellos casos en que el ataque se produzca al interior de una propiedad debidamente cercada, cuando la persona dañada por el animal haya ingresado sin autorización del propietario o custodio, o cuando ésta estuviese perpetrando crimen o simple delito contra la persona o bienes del dueño o tenedor del perro.

Finalmente, entre otras consideraciones, el proyecto fija el accionar de las ONGs cuyo objeto principal sea la protección de animales; establece normas para la crianza y venta de mascotas, particularmente cuando éstas sean calificadas como potencialmente peligrosas; regula los centros de mantención temporal de mascotas o animales de compañía; y determina la vía fiscal de financiamiento.

La tabla de mañana también contempla analizar una moción (boletín 8239), que busca regular la forma de acreditar el estado civil de soltero, el cual presenta informe de la Comisión de Constitución, que será rendido por el diputado Ricardo Rincón (DC); una propuesta (boletín 7241) para prohibir el cobro de intereses sobre intereses, con informe de la Comisión de Economía, que será presentado por el diputado Joaquín Lavín (UDI); y el proyecto (boletín 9332) por el cual se aprueba el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América (Washington, 5 de junio de 2013), con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, que será rendido por el diputado Vlado Mirosevic (PL).