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Publicado 22/07/2014 15:00:39

Vuelve a comisiones proyecto que regula la forma de acreditar el estado de soltero

El texto legal fue aprobado en general y volvió a la Comisión de Constitución, para analizar un nuevo articulado.

El texto legal fue aprobado en general y volvió a la Comisión de Constitución, para analizar un nuevo articulado.

Por 81 votos a favor, 2 en contra y 12 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto (boletín 8239) que regula la forma de acreditar el estado de soltero, trámite requerido por ejemplo para la postulación a beneficios como subsidios habitacionales o créditos hipotecarios.

La Comisión de Constitución había aprobado la idea de legislar, pero rechazó el articulado de la moción, como explicó el diputado informante, Ricardo Rincón (DC), puesto que "hubo opiniones que estimaron que la redacción que se proponía no era la más adecuada".

El parlamentario detalló que se mejorará el proyecto a través de una indicación que busca reemplazar el concepto de separado judicial, que no es un estado civil sino una resolución judicial, por el de soltero, de manera de generar un régimen general y común de este estado con los otros (padre, madre, hijo, casado, viudo y divorciado).

Tras votarlo en la Sala, se acordó que el texto legal vuelva a la comisión, para analizar estos cambios.

El proyecto de ley fue presentado en abril de 2012 por los diputados Guillermo Ceroni (PPD), Fuad Chahin (DC), Aldo Cornejo (DC), Cristián Monckeberg (RN) y Ricardo Rincón (DC), los actuales senadores Pedro Araya y Felipe Harboe y los ex parlametarios Alberto Cardemil, Edmundo Eluchans y Juan Carlos Latorre.

Los legisladores señalan en los fundamentos de la moción que actualmente, para postular a subsidios habitacionales del Estado, para obtener un crédito hipotecario o para postular a las escuelas matrices de las Fuerzas Armadas y De Orden, se solicita acreditar ser soltero, generalmente mediante un certificado de soltería, el que en la actualidad no puede ser otorgado por el Registro Civil.

Dicho trámite se debe realizar en una notaría, con dos testigos mayores de edad que juren o den fe de que la persona es soltera, lo cual, sumado al costo económico que implica realizar el trámite ante el notario público respectivo, y el traslado de los testigos a la oficina del notario, transforma éste en un trámite engorroso, burocrático y, por sobre todo, muy costoso para el solicitante.

Sumado a lo anterior, muchas veces esta situación se presta para fraudes, ya que el notario sólo da fe de lo señalado por los testigos, sin tener la posibilidad de chequear que la información entregada por ellos sea verdadera o no.

Por esto, no existiendo actualmente un reconocimiento legal del estado civil de soltero dentro de los enumerados en el artículo 305 del Código Civil, pese a existir en la práctica, y estando habilitado legalmente el Registro Civil, para llevar las inscripciones de los actos y contratos relativos al estado civil de las personas y de emitir certificados relativos a uno o más hechos que aparezcan en una inscripción, se propone agregar el estado civil de soltero a los enumerados en la norma mencionada.