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Publicado 25/07/2014 14:00:25

Diputados piden eximir a Bomberos de impuesto específico a los combustibles

Parlamentarios de diversas bancadas, encabezados por la diputada Andrea Molina, promovieron un proyecto de resolución que pide que le Cuerpo de Bomberos quede eximido del pago de este impuesto específico, cuando sean destinados al cumplimiento de sus labores de servicio.

Parlamentarios de diversas bancadas, encabezados por la diputada Andrea Molina, promovieron un proyecto de resolución que pide que le Cuerpo de Bomberos quede eximido del pago de este impuesto específico, cuando sean destinados al cumplimiento de sus labores de servicio.

El proyecto de resolución N° 91, aprobado por 58 votos a favor y 1 abstención, fue presentado por los diputados Andrea Molina (UDI), Jorge Ulloa (UDI), Juan Morano (DC), Jorge Rathgeb (RN), Roberto Poblete (Ind), Iván Fuentes (Ind), Iván Flores (DC) y Diego Paulsen (RN).

Junto a la exención del impuesto a los combustibles para los bomberos. los legisladores plantean un mecanismo para llevar a cabo esto.

Para eximir del impuesto, se plantea crear un artículo 6° bis nuevo, en la Ley 18.502, que disponga expresamente que estarán liberadas de los impuestos establecidos en el artículo 6° de la norma, las ventas que se efectúen a los Cuerpos de Bomberos; y que los vendedores y prestadores de servicios, que vendan directamente al detalle a los Cuerpos de Bomberos, no podrán emitir facturas por ello, ni podrán adicionar tales impuestos a las boletas o documentos que emitan por esas ventas, salvo que quedaran afectas a dicho impuesto por exigirlo así el comprador.

Para recuperar el valor del impuesto por el vendedor, se plantea que en la misma norma, se disponga que estos contribuyentes puedan descontar como gasto necesario para producir la renta, estos impuestos, que soporten por los bienes que compren o contraten para la realización de su giro de venta al detalle y que efectivamente vendan a Cuerpos de Bomberos.

Esta exención debiera ser fiscalizada en su venta por los comerciantes y en su aprovechamiento por los Cuerpos de Bomberos, por lo que la norma debiera establecer la dictación de un Reglamento por parte del Ministerio de Hacienda, que a su vez exija la dictación de resoluciones o circulares por el Servicio de Impuestos Internos.

En los considerandos del proyecto de acuerdo, se menciona que si bien Bomberos de Chile cuenta con algunos aportes por parte del Estado, es necesario que se adopten nuevas medidas que contribuyan a que la labor de esta institución sea cada vez más eficaz y eficiente.

Se recuerda además que compañías mineras, aéreas y marítimas, entre otras, están exentas del tributo al combustible.