Volver
Publicado 01/08/2014 11:00:00

Proponen excluir a bomberos de aplicación de la causal de despido por encontrarse en servicio

La moción, presentada por diputados de la UDI, indica que en el caso de aquellos trabajadores que pertenezcan al Cuerpo de Bomberos de Chile no procederá el despido frente a la no concurrencia a sus labores, si al tiempo de su ausencia se encontraban ejerciendo labores propias de su servicio.

La moción, presentada por diputados de la UDI, indica que en el caso de aquellos trabajadores que pertenezcan al Cuerpo de Bomberos de Chile no procederá el despido frente a la no concurrencia a sus labores, si al tiempo de su ausencia se encontraban ejerciendo labores propias de su servicio.

Reconociendo la importante labor que desempeñan en el país los voluntarios del Cuerpo de Bomberos y las complicaciones que estos pueden tener en sus respectivos trabajos debido a al desempeño de dichas funciones, un grupo de diputados de la UDI, encabezados por Gustavo Hasbún, presentó un proyecto (boletín 9417) que introduce una excepción especial en el Código del Trabajo que evita el despido del trabajador cuando su ausencia laboral se deba a acciones propias del ámbito bomberil.

La moción, destinada a la Comisión de Trabajo para su evaluación, fue ingresada el 27 de junio por el diputado Hasbún junto a sus compañeros de partido Felipe De Mussy, Javier Hernández, María José Hoffmann, José Antonio Kast, Joaquín Lavín, Patricio Melero, Iván Norambuena, Jorge Ulloa y Felipe Ward.

“La naturaleza del trabajo bomberil, de carácter imprevisto, en muchas oportunidades se hace incompatible con la jornada laboral ejercida por la generalidad de las personas y, en consecuencia, estos se ven en una situación jurídica desventajosa ante el resto de los trabajadores de Chile”, destacaron los autores.

Resaltaron que el personal voluntario del Cuerpo de Bomberos no posee normas que los protejan en este sentido, quedando al arbitrio del empleador o del juez del trabajo la evaluación de la justificación de la inasistencia o retraso a sus respectivos trabajos.

Bajo esta perspectiva, la iniciativa se fija el objetivo de establecer un marco de protección respecto del personal de bomberos, consagrando ciertas inmunidades o fueros a la hora de proceder a su despido, en el entendido que, respecto de tales personas, no se aplicará lo establecido en el artículo 160 número 3 del Código cuando el Trabajador (Bombero) presente antecedentes suficientes que permitan acreditar que por motivos graves se encontraba desempeñándose en su labor bomberil, siendo ella impostergable.

Cabe recordar que la citada causal de despido se aplica frente a la “no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra”.

Más específicamente, la propuesta establece en el Código del Trabajo un complemento a este norma indicando que, “en el caso de aquellos trabajadores que pertenezcan al Cuerpo de Bomberos de Chile, no procederá esta causal, si dicho trabajador al tiempo de su ausencia se encontraba ejerciendo labores propias de su servicio, la que revistiendo el carácter de grave, sean incompatibles con el desempeño normal de su trabajo”.

Asimismo, se agrega que se entenderá por “grave la asistencia del trabajador en labores de incendio, catástrofes naturales (como sismo y salida de mar), accidentes y toda otra contingencia que requiera el servicio del Cuerpo de Bomberos”.

Para justificar su inasistencia el trabajador deberá acompañar a su empleador un documento suscrito por el jefe del cuartel en donde se desempeña el trabajador, con indicación precisa del lugar, hora y duración del acontecimiento que le imposibilitó concurrir a su trabajo.