La propuesta, destinada a sancionar el llamado "secuestro exprés", establece una agravante para el robo con intimidación, que se restringe a los delitos consumados.
Por 103 votos, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto (boletín 9167) que modifica el Código Penal, incorporando un nuevo artículo que establece que "en los delitos de robo con violencia o intimidación constituirá circunstancia agravante la retención de la víctima por un lapso mayor a aquel que resulte necesario para la consumación del delito".
De esta forma, se busca sancionar la retención de una víctima, por ejemplo, para sacar dinero de un cajero automático u obtener dinero de sus familiares, que actualmente sólo se sanciona como robo con intimidación.
El diputado Matías Walker (DC), informante de la Comisión de Seguridad Ciudadana, explicó que la nueva propuesta fue elaborada recogiendo las observaciones efectuadas por Leonardo Moreno, Defensor Regional de la Defensoría Penal Pública de la Región Metropolitana Norte
En lo medular, Leonardo Moreno observó que el texto despachado inicialmente por la Comisión de Seguridad Ciudadana y que luego fue analizada por la Comisión de Constitución, generaba un mensaje confuso desde la perspectiva penal, por cuanto castigaba con la misma pena una retención menor, asociada a un atraco, a una superior a 24 horas, cuyo perjuicio puede ser de mayores consecuencias.
El proyecto, enviado al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional, fue presentado en noviembre de 2013 por los diputados Ricardo Rincón (DC), Jorge Sabag (DC), Marcela Sabat (RN), Gabriel Silber (DC) y Arturo Squella (UDI).