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Publicado 28/08/2014 13:00:00

Plantean permitir el endoso del billete de pasaje aéreo para que sea utilizado por un tercero

La moción, presentada por un grupo transversal de diputados, indica específicamente que el pasaje podrá ser traspasado libremente por su titular a un tercero que éste designe, para lo cual bastará el endoso al dorso del billete, lo que podrá ser certificado ante notario, o por personal de la compañía aérea, en caso que se efectúe de manera presencial en las oficinas de atención al cliente.

La moción, presentada por un grupo transversal de diputados, indica específicamente que el pasaje podrá ser traspasado libremente por su titular a un tercero que éste designe, para lo cual bastará el endoso al dorso del billete, lo que podrá ser certificado ante notario, o por personal de la compañía aérea, en caso que se efectúe de manera presencial en las oficinas de atención al cliente.

En la perspectiva de favorecer a los consumidores de servicios aéreos, un grupo transversal de diputados, liderados por Osvaldo Urrutia (UDI), presentó una moción (boletín 9509) que modifica el Código Aeronáutico con el propósito de permitir el endoso del billete de pasaje para que sea utilizado por un tercero.

El proyecto, derivado a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, fue ingresado a trámite legislativo el pasado jueves 14 de agosto por el diputado Urrutia junto a sus compañeros de partido Javier Hernández, Iván Norambuena, Jorge Ulloa y Felipe Ward y a los diputados RN René Manuel García; PRSD Fernando Meza; e independiente Alejandra Sepúlveda.

Los legisladores recordaron que los pasajes aéreos son documentos nominativos e intransferibles que no se condicen con la realidad práctica, donde los usuarios pueden enfrentar diversas situaciones, como enfermedades o inconvenientes laborales, que les impida efectuar el viaje en la fecha fijada.

Informaron que, en países vecinos como Perú (desde 2011) se permite el endoso de los pasajes e, incluso, su postergación, amparado en las normas que protegen a los consumidores, de acuerdo al beneficio que al respecto establece el Código de Defensa del Consumidor de dicho país.

“Regular esta materia resulta de toda importancia debido a que varios son los casos de consumidores de este servicio que se ven afectados y que día a día reclaman por sus derechos”, enfatizaron.

Los autores comunicaron que, según datos arrojados por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), entre enero y septiembre de 2013 se recibieron 10.664 reclamos referidos a transporte aéreo y terrestre de pasajeros y agencias de viajes, de los cuales el mayor porcentaje corresponde a quejas contra el transporte aéreo (47,6% versus un 39,1%). Si se comparan estas cifras con datos del año 2012, acotaron, se puede apreciar que los reclamos aumentaron para el año 2013 en un 9,9% para las líneas aéreas.

“En definitiva, creemos que nuestro actual Código Aeronáutico no estaría en sintonía con las normas de protección a los consumidores de nuestro país, reguladas en la Ley 19.496, pues al establecer la figura del billete de pasaje como un título de carácter nominativo, no se regularía de manera armónica y justa la relación entre proveedores y consumidores”, acotaron.

En esta línea, la propuesta legal indica que “el billete de pasaje podrá ser traspasado libremente por su titular a un tercero que éste designe, para lo cual bastará el endoso al dorso del billete, lo que podrá ser certificado ante notario o por personal de la compañía aérea en caso que se efectúe de manera presencial en las oficinas de atención al cliente”.

Además, señala que “el endoso podrá efectuarse hasta 24 horas antes de la salida del vuelo y no podrá restringirse por la compañía el número de endosos que una persona pueda efectuar por distintos pasajes aéreos”.