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Publicado 29/08/2014 13:00:00

Diputado Rivas presenta proyecto para tasación comercial de inmuebles en caso de remate

El parlamentario señala que en caso de remate de propiedades para el pago de obligaciones, la normativa dispone que sea sobre el valor de su avalúo fiscal, y no sobre el valor real que tiene el inmueble.

El parlamentario señala que en caso de remate de propiedades para el pago de obligaciones, la normativa dispone que sea sobre el valor de su avalúo fiscal, y no sobre el valor real que tiene el inmueble.

La moción del diputado independiente Gaspar Rivas, modifica las normas sobre tasación de inmuebles en caso de remate, contenidas en el Código de Procedimiento Civil.

El texto (boletín 9517), remitido a la Comisión de Constitución, reemplaza el artículo 486 del mencionado código, para que la tasación sea siempre en función del valor comercial del bien, determinada por los peritos nombrados para este efecto.

El legislador argumenta que así como es obligación pagar una deuda, también es de justicia que el pago que se realiza a través del remate de los inmuebles del deudor, sea en justa proporción a su valor real.

Añade que muchos deudores pierden sus casas por obligaciones que adquieren, y atendido que el remate se efectúa sobre el valor del avalúo fiscal y no el comercial, pierden su casa y aún así siguen en deuda.

Pero, afirma el diputado Rivas, si la propiedad fuese rematada a su verdadero valor, el deudor podría saldar un porcentaje mucho mayor de su obligación.