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Publicado 17/09/2014 12:00:00

Plantean aumentar las penas a los delitos cometidos durante los períodos de propaganda electoral

La moción, presentada por los diputados Osvaldo Urrutia, Jorge Ulloa y Germán Verdugo, plantea que si los crímenes o simples delitos contemplados en el Código Penal son cometidos durante los periodos de propaganda electoral y en el ejercicio de actos que la constituyen, las penas se aumentarán en un grado.

La moción, presentada por los diputados Osvaldo Urrutia, Jorge Ulloa y Germán Verdugo, plantea que si los crímenes o simples delitos contemplados en el Código Penal son cometidos durante los periodos de propaganda electoral y en el ejercicio de actos que la constituyen, las penas se aumentarán en un grado.

En pro de fomentar las buenas prácticas y garantizar la seguridad pública, los diputados UDI Osvaldo Urrutia y Jorge Ulloa y RN Germán Verdugo, ingresaron a trámite legislativo el jueves 11 de septiembre una moción (boletín 9574) que busca aumentar las penas en un grado de los crímenes y simples delitos contemplados en el Código Penal, cuando sean cometidos durante los períodos de propaganda electoral y en el ejercicio de actos que la constituyen.

El proyecto, enviado a estudio a la Comisión de Constitución, recalca que, en atención a que la ley ha establecido cuales son los periodos acotados en los cuales se puede hacer propaganda electoral, dada la relevancia social que se le asigna, se debe resguardar con mayor fuerza durante este tiempo el ejercicio de los derechos de carácter político.

La moción sostiene que el Estado debe establecer todas las condiciones para que una persona, al manifestar una preferencia política, trabaje en un comando, sea candidato o bien adhiera a una campaña política, no ejerza sus derechos en un ambiente de violencia. “Ejercer estos derechos de forma pacífica debe ser un bien jurídico protegido resguardado por nuestro ordenamiento jurídico penal”, enfatizaron los autores en el texto legal.

Estimaron apropiado aumentar las penas para los delitos contra las personas que se establecen en los artículos 390 y siguientes del Código Penal, “con el objeto de lograr disuadir y sancionar más fuertemente a quienes pretendan empañar los procesos eleccionarios ejerciendo violencia política contra quienes legítimamente ejercen sus derechos durante los periodos de propaganda electoral”.

“Si bien ha existido una crítica al aumento de penas por algunos sectores, consideramos que en este caso es necesario y encuentra justificación en el mismo Código Penal, puesto que este aumento de un grado en la pena se equipara a lo establecido en el artículo 400 del Código Penal, relativo al ejercicio de violencia intrafamiliar en contra de las personas a las que remite el artículo 5° de la Ley sobre Violencia lntrafamiliar, o con alguna de las circunstancias del artículo 391 del mismo código”, comentaron.