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Publicado 17/09/2014 13:00:00

Proyecto sanciona como falta grave aparcar en estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad

La iniciativa, presentada por diputados de la UDI, pretende corregir una deficiencia del sistema, ya que mientras que el uso indebido de estos estacionamientos es hoy sancionado como falta grave, no se aplica la misma sanción a quienes aparquen en ellos sin tener el derecho correspondiente.

La iniciativa, presentada por diputados de la UDI, pretende corregir una deficiencia del sistema, ya que mientras que el uso indebido de estos estacionamientos es hoy sancionado como falta grave, no se aplica la misma sanción a quienes aparquen en ellos sin tener el derecho correspondiente.

Buscando corregir un hecho que se repite en la práctica, los diputados UDI Osvaldo Urrutia, David Sandoval y Jorge Ulloa ingresaron el pasado jueves 11 de septiembre a trámite legislativo un proyecto (boletín 9575) que sanciona como falta grave apacar en un estacionamientos exclusivo para personas con discapacidad.

Explicaron que, hoy, la ley castiga como falta grave el uso indebido de un estacionamiento para personas con discapacidad, pero como menos grave el estacionarse en ellos, generando así una situación poco clara que podría dar lugar a arbitrariedades.

“Por ello creemos de toda justicia que el uso de estos estacionamientos exclusivos por parte de personas que no tienen derecho a ellos, debe ser sancionado como una falta grave, utilizando la misma lógica del artículo 200 numeral 28, pues esta mala práctica va en directo perjuicio de quienes, por diversas razones, requieren de un lugar habilitado especialmente para ellos, con características específicas que les permitan hacer efectivo el principio de accesibilidad consagrado en nuestra legislación”, sentenciaron los autores en la moción, la cual fue derivada a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones para su estudio.

Específicamente, la propuesta indica que los “estacionamientos podrán ser utilizados por cualquier vehículo que transporte a una persona con discapacidad y durante el tiempo de permanencia en alguno de ellos deberá exhibirse en el interior del vehículo, de manera visible, una copia autorizada ante notario de la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación”. “Ya sea a la entrada o a la salida del estacionamiento, la persona con discapacidad deberá encontrarse en el vehículo”, agrega la norma.

Además, la moción sanciona como falta grave estacionar o detenerse, sin derecho a ello, en estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad o hacer uso indebido de estos. Asimismo, se confiere la misma sanción para quien haga uso indebido de la identificación especial entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.