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Publicado 03/03/2015 13:51:28

Cámara aprobó en general proyecto para que personas con capacidades especiales puedan ser jueces y notarios

El texto, que volvió la Comisión de Constitución para un informe complementario, modifica el Código Orgánico de Tribunales para eliminar las prohibiciones que actualmente impiden a personas ciegas, sordas o mudas acceder a la carrera judicial.

El texto, que volvió  la Comisión de Constitución para un informe complementario, modifica el Código Orgánico de Tribunales para eliminar las prohibiciones que actualmente impiden a personas ciegas, sordas o mudas acceder a la carrera judicial.

El proyecto (boletín 9372) se originó en una moción de las senadoras Isabel Allende, Carolina Goic y Adriana Muñoz, junto a los senadores Alberto Espina y Felipe Harboe, para derogar los numerales 2°, 3° y 4° del artículo 256, así como el numeral 2° del artículo 465 del Código Orgánico de Tribunales, que señalan que no podrán ser jueces ni notarios las personas ciegas, sordas o mudas.

El objetivo de la normativa, informada a la Sala por el diputado Juan Antonio Coloma (UDI), de la Comisión de Constitución, es eliminar estos preceptos legales que van en contra de los principios de igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, permitiendo la plena inclusión de todos los habitantes de la República al pleno ejercicio de sus derechos fundamentales.

La moción recuerda que el país ha suscrito diversos acuerdos internacionales como la “Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU", que establece que su propósito es “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente".

La citada Convención, además, señala que se entenderá por discriminación por motivos de discapacidad, “cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad”.