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Publicado 04/03/2015 13:30:03

Porcentaje mínimo de 20% de música chilena en radioemisoras es aprobado por la Cámara

El porcentaje deberá distribuirse durante la jornada diaria de trasmisión, sin que pueda acumularse más de la mitad del total de la emisión en horario nocturno (22:00 a 06:00 horas).

El porcentaje deberá distribuirse durante la jornada diaria de trasmisión, sin que pueda acumularse más de la mitad del total de  la emisión en horario nocturno (22:00 a 06:00 horas).


  • La propuesta debe ser ratificada por el Senado, antes de ser enviada al Ejecutivo para su promulgación.

  • Por 63 votos a favor, 10 en contra y 5 abstenciones, la Cámara de Diputados ratificó la propuesta de la Comisión Mixta, relativa al proyecto (boletín 5491) que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radio difusión chilena.

    De esta forma, el texto indica que las radioemisoras que operen concesiones de radiodifusión sonora, en su programación diaria deberán emitir al menos una quinta parte (20%) de música nacional, medida sobre el total de canciones emitidas, distribuida durante la jornada diaria de transmisión de cada emisora, sin que pueda acumularse más de la mitad del total de la emisión de la música en horario nocturno, esto es de 22:00 a 06:00.

    Para cumplir con esta obligación, las emisoras podrán incluir los programas de difusión de música u otras expresiones culturales, de compositores, artistas o creadores indígenas.

    Un 25% de este porcentaje de música nacional estará destinado a:

    • Composiciones o interpretaciones musicales emergentes, entendiéndose por tales aquellas grabadas en fonogramas en los últimos tres años contados desde la fecha de la emisión radial.

    • Composiciones o interpretaciones de identificación regional o local.




    Este porcentaje mínimo se contará del total de las canciones u obras musicales emitidas que constaen en la planilla de ejecución diaria elaborada por cada radiodifusora.

    La radio que no cumpla con estos porcentajes, será sancionada con multa de cinco a cincuenta unidades tributarias mensuales, la que se duplicará en caso de reincidencia.

    Finalmente, la iniciativa instaura el 4 de octubre de cada año como el “Día de la Música y de los Músicos Chilenos”.

    Reacciones

    Una vez aprobado el proyecto, el diputado Claudio Arriagada (DC) señaló que “ahora, sólo queda la ratificación final del Senado, que es un trámite simple, y luego la promulgación por parte de la Presidenta de la República. Es un anhelo muy acariciado por lo trabajadores del mundo radial y particularmente de los cantantes y artistas. Esta ley, y su promulgación va a garantizar un derecho muy importante para los artistas".

    Por su parte, el diputado Guillermo Teillier (PC), presidente de la Comisión de Cultura, agregó que si bien el proyecto tuvo algunos contratiempos en el Senado, “felizmente en la comisión mixta se soslayaron esas diferencias y hoy tenemos aprobada la ley, que deberá ser ratificada por el Senado y esperamos que así sea, para que entre en vigencia inmediatamente una vez que sea promulgada”.

    A juicio del diputado Roberto Poblete (PS), la iniciativa “tiene de dulce y de agraz”, argumentando que “me parece que después de ocho años de discusión, es bueno tener una ley que determine un mínimo de un 20 por ciento de música chilena en las radios nacionales. Sin embargo, todavía me parece muy poco el porcentaje”.