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Publicado 01/05/2015 11:00:00

Iniciativa parlamentaria obligaría emisión de boletas y facturas con tinta indeleble

Como una forma de proteger los derechos del consumidor y que este pueda ejercerlos sin dificultades, el proyecto sostiene que dichos instrumentos deben utilizar tinta que no se borre con el paso del tiempo.

Como una forma de proteger los derechos del consumidor y que este pueda ejercerlos sin dificultades, el proyecto sostiene que dichos instrumentos deben utilizar tinta que no se borre con el paso del tiempo.

En la idea de otorgar a los consumidores una protección legal oportuna, un grupo de diputados presentó una moción que busca dotar de una mayor seguridad y conservación de las boletas o facturas.

El texto modifica la ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos del Consumidor, imponiendo al proveedor la obligación de emitir boletas o facturas cuya información no se borre con el paso del tiempo, mediante el uso de tinta indeleble u otro medio que no permita su disipación.

La iniciativa (boletín 10.006) fue ingresada por los diputados de la UDI, Juan Antonio Coloma, Ramón Barros, José Antonio Kast, Joaquín Lavín, Celso Morales, Renzo Trisotti, Felipe Ward y las diputadas María José Hoffmann, Andrea Molina y Claudia Nogueira, el cual fue derivado a la Comisión de Economía para su estudio.

Los parlamentarios argumentan que este tipo de instrumento comercial debe ser seguro y no implicar perjuicio de ninguna especie para el consumidor, si es que desea ejercer sus derechos de consumidor en caso de anomalías del bien adquirido.

La ley 19.496, sobre Protección de los Derechos del Consumidor establece una serie de derechos y obligaciones tanto para consumidores como para los proveedores de bienes y servicios. Para estos últimos, se encuentran las obligaciones de respetar los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales se hubiere ofrecido el producto; otorgar al consumidor un acceso claro, comprensible e inequívoco de las condiciones generales del mismo e información de defectos o imperfecciones que adolezca el bien que se va a vender, entre otros.

En materia tributaria, además, el proveedor debe emitir la boleta o factura respectiva, que constituye el medio de reconocimiento de una transacción económica ajustada a la ley y que garantiza la existencia de dicha transacción en caso de un eventual reclamo por anomalía o abuso por parte del proveedor del bien o servicio.