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Publicado 04/05/2015 13:30:00

Presentan proyecto de reforma constitucional en materia de plebiscitos

La iniciativa presentada por la bancada transversal de diputados y diputadas por una Asamblea Constituyente, establece la facultad del Presidente de la República para convocar a plebiscito en los casos que corresponda, con el acuerdo del Congreso Nacional, conforme lo establece la Constitución y las leyes de nuestro país.

La iniciativa presentada por la bancada transversal de diputados y diputadas por una Asamblea Constituyente, establece la facultad del Presidente de la República para convocar a plebiscito en los casos que corresponda, con el acuerdo del Congreso Nacional, conforme lo establece la Constitución y las leyes de nuestro país.

Argumentando la necesidad de contar con una Constitución que “todos podamos entender como nuestra”, los diputados Iván Fuentes (IND), Karol Cariola (PC), Maya Fernández (PS), Cristina Girardi (PPD), Marcela Hernando (PRSD), Giorgio Jackson (IND), Yasna Provoste (DC), Gaspar Rivas (IND), Leonardo Soto (PS) y Camila Vallejo (PC), ingresaron a la Cámara, el pasado martes 21 de abril, una moción que solicita al Ejecutivo una reforma constitucional en materia de plebiscitos.

“Una Constitución debe ser el reflejo de la diversidad constitutiva de una sociedad democrática, y no la manifestación de un proyecto político particular. Es adecuado exigir que la norma fundamental sea resultado de un proceso colectivo en el que, por diversas vías institucionales, participe toda la comunidad política”, manifestaron los parlamentarios por medio del proyecto de ley (boletín 10014).

Los diputados argumentan además, que es fundamental contar con un texto constitucional que surja de un debate democrático, en el cual la ciudadanía cumpla una función principal en la formulación de las instituciones de nuestra convivencia democrática.

Por lo tanto, recalcan que el modo de construcción de una nueva Constitución debe ser tal, que garantice que el resultado será expresión de la voluntad del pueblo, por lo que La Presidenta de la República ha señalado que este modo debe ser institucional, democrático y participativo.

Para la construcción de esta nueva Constitución, los parlamentarios señalan que esta debe cumplir dos condiciones: debe ser una nueva decisión del pueblo, y debe ser institucionalmente validada. En consecuencia no se cumplen estas condiciones con los procedimientos y reglas vigentes de reforma, toda vez que no incluye al elemento fundamental, esto es la decisión soberana del pueblo.

Lo anterior, implica que el momento de validación institucional no puede ser entendido como una nueva decisión que fije el contenido de la Constitución, sino como una decisión que, en vez de decidir sobre dicho contenido, abra la posibilidad para una amplia discusión nacional seguida de una decisión democrática.

Es por eso que los parlamentarios exponen “que la solución es una decisión institucional”, en la forma de una ley de reforma constitucional, que permita la realización de un plebiscito. El propio artículo 5º del texto constitucional vigente reconoce que los plebiscitos son modos de ejercicio privilegiado de la soberanía por parte del pueblo, por lo que este es el mecanismo que permitiría de mejor forma la manifestación ciudadana y la decisión participativa e institucional.

Considerando lo anterior, el proyecto fue enviado a la Comisión de Constitución para su discusión.