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Publicado 27/05/2015 16:00:20

Ingresan a trámite iniciativas para fortalecer ley de Violencia Intrafamiliar

Sendas mociones recogen las propuestas emanadas del informe realizado por el Departamento de Evaluación de la Ley, que propone diversas modificaciones a esta norma para su mejor implementación.

Sendas mociones recogen las propuestas emanadas del informe realizado por el Departamento de Evaluación de la Ley, que propone diversas modificaciones a esta norma para su mejor implementación.

El estudio, realizado por el Departamento de Evaluación de la Ley de la Cámara de Diputados, detectó una serie de deficiencias en relación a la Ley de Violencia Intrafamiliar, tanto en cuanto al contenido del texto legal, como a su aplicación práctica por parte de los distintos órganos involucrados.

Los legisladores advierten que pese a las múltiples modificaciones que se han realizado a la ley 20.066, en los nueve años que lleva de vigencia, la violencia intrafamiliar sigue siendo un problema que afecta a un porcentaje importante de la población. Solo en el año 2013, Carabineros de Chile registró un total de 109.348 denuncias, mientras que al Ministerio Público ingresaron 143.995 causas, de las cuales las lesiones, amenazas y el maltrato habitual son los más cometidos.

En atención a esto, la primera iniciativa (boletín 10044) de las diputadas Claudia Nogueira (UDI), Daniella Cicardini (PS), Paulina Núñez (RN), Yasna Provoste (DC), Karla Rubilar (Ind) y Marisol Turres (UDI) y los diputados Ramón Farías (PPD), Pablo Lorenzini (DC), Patricio Melero (UDI) y David Sandoval (UDI) incorpora normas referidas a las personas en situación de discapacidad, a los convivientes civiles y perfecciona las sanciones.

Los legisladores precisan que si bien el concepto de violencia intrafamiliar de la citada ley es amplio, no existe certeza si incorpora la figura de convivientes del mismo sexo, en concordancia con la recién promulgada ley que crea el Acuerdo de Unión Civil, por lo cual la iniciativa incorpora tácitamente a los convivientes.

En cuanto a la sanción aplicable al maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, que corresponde a una multa cuyo valor varía de acuerdo a la gravedad del hecho cometido, predomina la opinión de que la pena de multa provocaría el efecto no deseado de agravar ciertas situaciones de tensión, vinculadas esencialmente a la situación económica del grupo familiar, lo que a su vez provocaría actos de violencia en lugar de disuadirlos, de ahí que se propone restablecer la posibilidad de conmutar la pena de multa por trabajos realizados en beneficio de la comunidad.

Por último, en relación a las personas en situación de discapacidad, la moción los incluye dentro del ámbito de protección.

Ampliar protección

La segunda iniciativa (boletín 10045) corresponde a los diputados Pablo Lorenzini (DC), Guillermo Ceroni (PPD), Hugo Gutiérrez (PC), Romilio Gutiérrez (UDI), Manuel Monsalve (PS), Leopoldo Pérez (RN) y Alberto Robles (PRSD) y la diputada Alejandra Sepúlveda (Ind), miembros del Comité de Evaluación de la Ley/OCDE.

Este texto propone incorporar en el articulado de la ley de Violencia Intrafamiliar a las personas con discapacidad. En particular, señala que el desarrollo de políticas y programas en esta materia, deberán contemplar formas adecuadas de asistencia y apoyo que tengan en cuenta el género y la edad de las personas en situación de discapacidad y sus familiares y cuidadores.

Asimismo, se indica que la ley tomará en cuenta, además de lo reglado en la Convención sobre los Derechos del Niño, las normas de la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad.

También agrega que los Tribunales de Justicia deberán proteger especialmente a los niños, niñas y adolescentes, personas en situación de discapacidad y adultos mayores, cuando sean víctimas directas, indirectas o colaterales de violencia intrafamiliar.

Asimismo, también establece que el juez, de acuerdo con el ofensor y una vez ejecutoriada la sentencia, pueda conmutar la multa por la realización de trabajos determinados en beneficio de la comunidad.

Respecto del incumplimiento de las medidas cautelares o accesorias, el juez podrá imponer como medida de apremio el arresto por hasta 15 días o la suspensión de licencia para conducir vehículos motorizados por un plazo de hasta seis meses, ambas prorrogables hasta por igual período, si persiste en el incumplimiento de la medida.

Por último, y en atención a que ciertas recomendaciones del informe inciden en materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, en particular las que dicen relación con el otorgamiento de la facultad para representar judicialmente a víctimas de Violencia Intrafamiliar a Senama y Senadis, se solicita al Poder Ejecutivo que pueda incluir, mediante indicaciones al proyecto, las referidas atribuciones.

Ambos textos fueron remitidos a la Comisión de Familia.