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Publicado 29/06/2015 12:00:36

Proponen modificar Ley General de Servicios Eléctricos en materia de deberes de las empresas distribuidoras de energía

La moción tiene por objeto explicitar una función que recae sobre las distribuidoras de energía, las que por mandato legal deben proporcionar a las empresas y particulares que requieran información para la conexión de un pequeño medio de generación distribuida, lo necesario para ello.

La moción tiene por objeto explicitar una función que recae sobre las distribuidoras de energía, las que por mandato legal deben proporcionar a las empresas y particulares que requieran información para la conexión de un pequeño medio de generación distribuida, lo necesario para ello.

Con el propósito de exigir a las empresas distribuidoras de energía que identifiquen y proporcionen, de manera clara y precisa, la capacidad disponible en la línea de conexión a la cual se conectará el pequeño medio de generación distribuida, un grupo de diputados de la UDI, encabezados por Sergio Gahona, presentó una moción (boletín 10129), que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en materia de deberes de las empresas distribuidoras de energía.

El proyecto, derivado a la Comisión de Minería y Energía para su estudio, fue ingresado el miércoles 17 de junio por el diputado Gahona junto a sus compañeros de partido Pedro Pablo Alvarez-Salamanca, José Antonio Kast, Issa Kort, Joaquín Lavín, Patricio Melero, Osvaldo Urrutia, Enrique Van Rysselberghe y Felipe Ward.

Los diputados argumentaron que “nuestra legislación eléctrica desde el año 2010 ha venido incentivando la diversificación, y en consecuencia, la generación a través de fuentes de energía renovables no convencionales, lo que se ha traducido en que para el año 2025 la matriz chilena de energía debe contener a lo menos un 20% de generación a través de fuentes limpias, lo que de alcanzarse pondría a Chile como país líder en la región e incluso por encima de potencias como Estados Unidos.

Consideraron que al establecerse la presente modificación a la Ley General de Servicios Eléctricos, se está ayudando a conseguir los objetivos institucionales que el Gobierno de Chile ha definido como una política pública de energía: alcanzar altos estándares de desarrollo de fuentes limpias, bajar con ello la huella de carbono, lo que redunda, en consecuencia, en un medio ambiente más limpio y con impactos de este tipo mucho más acotados.

Por este motivo, la modificación que se propone, según explican los legisladores, no hace más que explicitar una función que recae sobre las distribuidoras de energías, que por mandato legal deben proporcionar a las empresas y particulares que requieran información para la conexión de un pequeño medio de generación distribuida lo necesario para ello.

Si bien la ley ha establecido dicha obligación de manera expresa en el artículo 9 del Decreto 244, que aprueba el reglamento para medios de generación no convencionales y pequeños medios de producción, no es menos cierto que esta no ha sido lo suficientemente dúctil, explícita y directa en solicitar a las distribuidoras que cuando se requiera información técnica relativa a las capacidades de distribución de energía de la línea de conexión sean proporcionadas de manera clara y transparente, y sin ningún tipo de ambigüedades con la finalidad de que el titular, empresa o persona natural, pueda diseñar el proyecto contando desde el primer momento con la información acerca de la capacidad con que cuenta la línea eléctrica a la cual se conectará.

Culminaron expresando que en la actualidad, este proceso es burocrático y engorroso, por lo que “desincentiva, a nuestro juicio, la presentación de una mayor cantidad de solicitudes de conexión de este tipo de proyectos, muchos de los cuales dependen de financiamiento internacional para poder ser desarrollados e implementados en nuestro país”.