Volver
Publicado 30/06/2015 10:00:47

Diputados postulan establecer presidio perpetuo calificado a quien asesine a un carabinero

Mediante una moción parlamentaria se propone fijar como sanción para el delito de homicidio hacia un Carabinero la pena única de Presidio Perpetuo Calificado, tomando en consideración las gravísimas connotaciones que reviste tal ilícito. Junto con lo anterior, se aumentarían las penas para otros delitos cometidos en contra del personal de orden y seguridad.

Mediante una moción parlamentaria se propone fijar como sanción para el delito de homicidio hacia un Carabinero la pena única de Presidio Perpetuo Calificado, tomando en consideración las gravísimas connotaciones que reviste tal ilícito. Junto con lo anterior, se aumentarían las penas para otros delitos cometidos en contra del personal de orden y seguridad.

Con el fin de aumentar las penalidades respecto de aquellos delitos que afectan a Carabineros, el diputado Gustavo Hasbún (UDI), presentó una moción (boletín 10138) que modifica el Código de Justicia Militar aplicando una pena más alta para quienes atenten contra la vida e integridad del personal de de Carabineros en actos de servicio.

La iniciativa aumenta las penalidades respecto de los delitos que afectan a Carabineros y plantea establecer para el delito de homicidio hacia un Carabinero la pena única de Presidio Perpetuo Calificado.

La moción, derivada para su estudio a la Comisión de Constitución, fue ingresada a trámite legislativo el miércoles 17 de junio por el parlamentario junto a sus compañeros de partido, Pedro Pablo-Alvarez Salamanca, Celso Morales, Claudia Nogueira, David Sandoval, Osvaldo Urrutia, Ignacio Urrutia, Enrique Van Rysselberghe y Felipe Ward, además de la diputada Marcela Sabat de RN.

En el texto, los diputados señalan que los atentados contra estas autoridades, evidentemente, “violentan la conciencia de nuestra sociedad y por lo mismo deben ser efectivamente castigados por las implicancias que generan estos ataques a funcionarios de Carabineros en el ejercicio de sus funciones”.

Asimismo, creen que los atentados a estos funcionarios revisten caracteres especiales de gravedad, no sólo a partir de la existencia de un ataque a la integridad física y psíquica de una persona, sino porque además se trata de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, de tal manera que su tratamiento penal debe ser lo suficientemente aleccionador debido a que se refiere a un crimen contra el Estado.

De tal forma, agregaron, “si concebimos criterios de liviandad ante estos casos, sencillamente el poder del Estado como entidad ordenadora de una sociedad desaparece prevaleciendo la impunidad”.