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Publicado 24/11/2015 11:10:00

Ejecutivo expuso proyecto que regulará el voto de los chilenos en el exterior

El Ministro Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, explicó el detalle de cómo se operativizará la votación de los chilenos en el extranjero, en el marco de la Reforma Constitucional que reconoció su derecho a sufragio.

El Ministro Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, explicó el detalle de cómo se operativizará la votación de los chilenos en el extranjero, en el marco de la Reforma Constitucional que reconoció su derecho a sufragio.

Ante la Comisión de Gobierno Interior, el Ministro de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Nicolás Eyzaguirre, expuso el proyecto de ley orgánica constitucional para regular el voto en el exterior.

La iniciativa modifica la ley sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, la ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios, además, del Código Orgánico de Tribunales con el fin de poder perseguir en Chile los delitos y faltas electorales que se cometan en el extranjero.

Registro Electoral

En el detalle, el Ministro Eyzaguirre indicó que se establecen mecanismos similares a los que operan en Chile con la supervisión general del proceso por el Servicio Electoral (Servel).

Explicó que al registro electoral ingresarán todos los chilenos mayores de 17 años -es decir, todos los electores potenciales-, sea que se encuentren en Chile o en el extranjero, del cual se extraerán dos padrones electorales: uno compuesto por los ciudadanos habilitados para sufragar en Chile y otro por los ciudadanos habilitados para sufragar en el exterior.

La inscripción será de forma automática (igual como sucede en Chile) y si un ciudadano no está inscrito, podrá solicitar su inscripción, por única vez, ante el Servicio Electoral o en los Consulados de Chile en el exterior.

Añadió que, asimismo, los inscritos podrán cambiar de domicilio para pasar al padrón en el exterior, trámite que se efectuará ante la Jefatura Nacional de Extranjería, en la Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, al momento de entrar o salir del país, y en los respectivos Consulados, hasta 140 días antes de la fecha de la elección.

El texto dispone que los cónsules asumirán todas las funciones de delegado electoral y estarán a cargo de la oficina electoral. Los locales de votación, asimismo, serán definidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro del territorio del país en que tiene asiento el consulado o contar con una presencia significativa de chilenos inscritos con derecho a sufragio (sobre 100 electores).

En materia de sanciones, el Ministro de la Segpres indicó que, para permitir que sean juzgados en Chile las faltas y delitos electorales cometidos en el extranjero, se modifica el principio de territorialidad de jurisdicción en el Código Orgánico de Tribunales y las multas que se establezcan serán a beneficio fiscal.

Opiniones Parlamentarias

El diputado Vlado Mirosevic (PL) señaló su conformidad con la propuesta que presentó el Gobierno, ya que, a su juicio, no tiene sentido reconocer el derecho a voto de los chilenos en el extranjero, pero en la práctica limitar el ejercicio de ese derecho.

“Me gusta la idea que sea bajo el principio de la inscripción automática, me gusta que tengan las mismas facilidades que los chilenos hoy día para hacer el cambio de domicilio”, afirmó el legislador, recalcando que, por el contrario, no le gustaba la idea de exigir que se inscribieran para cada elección o que tuviesen que probar su vínculo con Chile.

Asimismo, destacó como interesante que en caso de infracciones, faltas o delitos electorales en el proceso, “podrán ser sancionados esos delitos acá en Chile”.

Por su parte, el diputado Bernardo Berger (RN) señaló que, en una primera aproximación al proyecto, le parece que el modelo que se aplicará en el exterior debe ser similar al que se usa en Chile en materia electoral.

En ese sentido, expresó que surgieron dudas “en torno al aseguramiento que debe existir, el mismo aseguramiento que existe en Chile, donde se habilitan los locales y donde estos quedan a cargo de las distintas ramas de la Fuerzas Armadas. "Y el tema de la neutralidad, la transparencia, la autonomía, tiene que ser también, por supuesto, similar a la que existe en Chile, por la decisión de nombrar a los cónsules como encargados electorales, porque son personas de confianza de los gobiernos”, planteó.