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Publicado 05/05/2016 16:30:14

Al Senado proyecto que permite crear escuelas de conductores para motociclistas

Actualmente, la Ley de Tránsito no permite que los conductores no profesionales de motocicletas puedan tener una escuela exclusivamente destinada a ellos.

Actualmente, la Ley de Tránsito no permite que los conductores no profesionales de motocicletas puedan tener una escuela exclusivamente destinada a ellos.

La Cámara de Diputados aprobó este jueves, por 78 votos, un proyecto de ley (boletín 10503) para permitir la creación de escuelas de conductores orientadas exclusivamente a los motociclistas.

Se trata de una moción presentada por los diputados Alejandra Sepúlveda (Ind), Jenny Álvarez (PS), Iván Fuentes (IND), René Manuel García (RN), Clemira Pacheco (PS), Leopoldo Pérez (RN), Jorge Sabag (DC) y Mario Venegas (DC), que responde a una demanda ciudadana.

El texto legal define que las Escuelas para Conductores podrán ser de clase A, para Conductores Profesionales y no profesionales, y, de Clase B, para postulantes de licencia no profesional Clases B y/o C, o Especial Clase D.

La normativa vigente define como "Clase C" la licencia que permite conducir vehículos motorizados de dos o tres ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares. Según estipula el artículo 31 de la Ley 18.290, de Tránsito, sólo pueden existir escuelas de conductores para licencias no profesionales que enseñen para la obtención de la licencia B y C, no siendo posible instalar una escuela de conductores sólo de motociclistas.

En ese sentido, agrupaciones de motociclistas han planteado que resulta contrario al principio de igualdad que no se puedan crear escuelas que tengan como único fin la enseñanza de la conducción de motos.

El proyecto fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.