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Publicado 25/05/2016 11:00:27

Proyecto plantea eliminar el parentesco por afinidad tras el divorcio

La moción se sustenta en que el parentesco por afinidad es una de las inhabilidades para optar a un cargo público en un organismo donde un superior es pariente. A diferencia de lo que ocurre con la nulidad, el divorcio no disuelve este tipo de parentesco.

La moción se sustenta en que el parentesco por afinidad es una de las inhabilidades para optar a un cargo público en un organismo donde un superior es pariente. A diferencia de lo que ocurre con la nulidad, el divorcio no disuelve este tipo de parentesco.

Un proyecto de ley que modifica el Código Civil para eliminar el parentesco por afinidad una vez disuelto el matrimonio (boletín 10637) fue presentado durante el mes de mayo por el diputado Jorge Tarud (PPD).

El texto actualiza la redacción del artículo 31 de dicho cuerpo normativo, eliminando entre las palabras “está” y “casada” la siguiente frase: “o ha estado”, quedando de la siguiente manera: “Parentesco por afinidad es el que existe entre una persona que está casada y los consanguíneos de su marido o mujer”

El parlamentario consigna que en 2004 se incorporó el divorcio en la Ley de Matrimonio Civil. Anteriormente, este vínculo solo se podía romper mediante la nulidad, trámite engorroso que conducía a los cónyuges a mentir en juicio para lograr acreditar las causales.

"La diferencia entre el divorcio y la nulidad del vínculo matrimonial no solo recae en un tema probatorio o más bien judicial, sino que la gran diferencia entre ambos es el hecho que con la nulidad judicialmente declarada las partes quedan en el estado que se encontraban antes de contraer el matrimonio, es decir, en el estado civil de solteros, extinguiéndose por lo mismo cualquier vínculo de parentesco que existía antes de declararse la nulidad", lo que no ocurre con el divorcio, en que el parentesco se mantiene, subsistiendo los derechos y deberes entre el divorciado y los familiares de su ex marido o mujer.

Agrega el diputado Tarud que la importancia en la continuidad del parentesco no solo radica en la restricción que tiene una persona de contraer nuevo matrimonio con los parientes de su ex cónyuge, sino también en los impedimentos para optar a cargos públicos si existe algún pariente, ya sea por consanguinidad o afinidad, que detenta un cargo superior.

Esta inhabilidad está establecida en las Bases de la Administración del Estado, en la ley de Estatuto Administrativo, la Ley Orgánica del Ministerio Público y del Poder Judicial, entre otras normas que rigen a la administración pública, afectando indudablemente a quien habiéndose divorciado desea optar a alguno de estos empleos.

El legislador expresa que esto "no se condice con el propósito mismo del divorcio, que es desvincularse jurídicamente con el otro, dejando por lo mismo de existir los derechos y obligaciones propios del matrimonio y de sus consanguíneos, por lo que no existe una lógica aparente del motivo por el cual el parentesco por afinidad subsista".

El proyecto de ley será estudiado por la Comisión de Constitución.