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Publicado 24/05/2016 14:00:00

Plantean cambios a ley del Consumidor para implementar atención para personas con discapacidad auditiva

A través de una moción parlamentaria se espera hacer exigible a los proveedores de bienes y servicios que implementen mecanismos de atención vía sistemas de videoconferencia con lenguaje de señas u otro mecanismo de comunicación.

A través de una moción parlamentaria se espera hacer exigible a los proveedores de bienes y servicios que implementen mecanismos de atención vía sistemas de videoconferencia con lenguaje de señas u otro mecanismo de comunicación.

Un proyecto para modificar la ley 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, con el fin de exigir a los proveedores de bienes y servicios la implementación de mecanismos de atención a personas con discapacidad auditiva, fue presentado a trámite legislativo durante el mes de mayo.

El texto contenido en el Boletín 10650, y remitido a la Comisión de Economía, es iniciativa de las diputadas Claudia Nogueira, María José Hoffmann y Andrea Molina y de los diputados Juan Antonio Coloma, Gustavo Hasbún, Javier Hernández, Issa Kort, Joaquín Lavín, Celso Morales y Felipe Ward, de la bancada UDI.

Los legisladores señalan que la inclusión social en nuestro país posee diversos aspectos y puntos de vista, y que la inclusión de personas con algún grado de discapacidad constituye un hecho que hay que promover como una política de Estado y marcar así la orientación normativa del orden legal vigente.

Al respecto, denotan que la ley 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, establece como uno de sus objetivos asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, y plantea como un imperativo, principalmente de los organismos del Estado, el crear las condiciones sociales de inclusión social de estas personas haciéndolos partícipes de todas y cada una de las instancias comunitarias existentes en Chile.

En tanto, la ley de protección de los derechos del consumidor, constituye una normativa tendiente al respeto de cada uno de los intereses que envuelve una transacción comercial, particularmente los de los adquirentes de bienes y servicios, promoviendo con ello la calidad de los productos comercializados, pero más aún la dignidad de las personas en su condición de tal.

De este modo, establece un conjunto de derechos y prerrogativas que asisten a los consumidores promoviendo, entre otros aspectos, una atención adecuada; y es en esa línea, y tomando en consideración que la población con discapacidad ejerce su vida con total normalidad, que resulta razonable consagrar normativas de mayor protección a las personas con discapacidad.

Los parlamentarios ejemplifican que a nivel bancario diversas instituciones han implementado sistemas de videoconferencia para que las personas puedan comunicarse a través de un monitor y por medio de lenguaje de señas con su ejecutivo del banco, así como diversos mecanismos de asistencia a personas con movilidad reducida que posibilitan una atención de mejor calidad hacia estas personas.

Por ello, y en el marco de la necesidad de extender estos beneficios a otros ámbitos, la propuesta normativa plantea establecer la obligación de las instituciones oferentes de bienes y servicios, cuyos actos son regulados en la ley del consumidor, a incorporar tales mecanismos en un plazo no superior a 2 años desde la publicación de esta ley.