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Publicado 26/05/2016 15:00:46

Diputados UDI ingresan proyecto para extender obligación de declaración de intereses

Dicha obligación recaería también a los magistrados de los tribunales superiores de justicia, al Fiscal Nacional y regionales del Ministerio Público, y funcionarios de las FFAA, Carabineros y la PDI que participen en la ejecución de actos y contratos en los que intervengan estas instituciones.

Dicha obligación recaería también a los magistrados de los tribunales superiores de justicia, al Fiscal Nacional y regionales del Ministerio Público, y funcionarios de las FFAA, Carabineros y la PDI que participen en la ejecución de actos y contratos en los que intervengan estas instituciones.

Los diputados de la UDI, Gustavo Hasbún, Juan Antonio Coloma, Celso Morales, Iván Norambuena, Osvaldo Urrutia e Ignacio Urrutia y las diputadas María José Hoffmann y Andrea Molina, presentaron una propuesta legal para extender la obligación de declaración de intereses a magistrados, fiscales y funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

El presente proyecto (Boletín 10664) -enviado a la Comisión de Constitución- modifica diversos cuerpos legales para extender esta medida de probidad a los magistrados de los tribunales superiores de justicia, al Fiscal nacional y fiscales regionales del Ministerio Público y funcionarios de las FFAA.

En el caso de los magistrados, así como los abogados integrantes de la Corte suprema y Cortes de Apelaciones, y sus fiscales, deberán incorporar en su declaración de intereses y patrimonio, el hecho de asistirles alguna vinculación familiar con alguna persona que se encuentre contratada, ya sea de planta, a contrata o en calidad de honorarios, en el Poder Judicial. Dicha declaración alcanzará a los cónyuges, hijos, o familiares hasta el 3º grado de consanguinidad o 2º por afinidad.

El texto también modifica la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público para señalar que los ficales citados anteriormente, deberán rendir una declaración de intereses al momento de asumir sus cargos.

Finalmente, en el caso de la la ley 19.653 sobre Probidad Administrativa, que se aplica a los organismos de la Administración del Estado, se extiende la declaración de intereses a aquellos funcionarios de las fuerzas armadas, de orden y seguridad, que por el desempeño de sus cargos particpen en la ejecución de actos y contratos.

Los legisladores argumentan a favor de estas modificaciones que en los últimos 20 años el país ha incorporado en su legislación -de manera expresa- el principio de probidad y transparencia en la función pública. Añaden que Chile es reconocido en el concierto internacional como una nación proba y que la corrupción no alcanza a ser considerada un flagelo que invada al Estado en su recto actuar.