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Publicado 28/01/2009 13:46:50

Proyecto de ley señala que empresas que practiquen bloqueo comercial no podrán instalarse en Chile

Si incurren en esta práctica una vez ubicadas en el país, su autorización para funcionar será caducada, señala moción de diputados de gobierno que critica directamente la política de bloqueo comercial a Cuba y Venezuela que practica la norteamericana Wal Mart. "Tolerar actos como el descrito significaría que una vulgar y simple empresa podría colocar a Chile en una situación de relaciones internacionales completamente opuesta a nuestros principios", señala la moción.

Si incurren en esta práctica una vez ubicadas en el país, su autorización para funcionar será caducada, señala moción de diputados de gobierno que critica directamente la política de bloqueo comercial a Cuba y Venezuela que practica la norteamericana Wal Mart.

Los autores del proyecto de ley (Boletín 6368) son los diputados Eugenio Tuma; Gabriel Ascencio; Jorge Burgos; Marcelo Díaz; Rodrigo González; Carlos Montes; Jaime Quintana; Alberto Robles; Eduardo Saffirio y Patricio Vallespín.

El texto “establece normas para impedir prácticas de embargo o bloqueo financiero, económico o comercial, imponiendo sanciones que señala”, entre ellas, las ya indicadas prohibiciones de operar en el país.

“Ninguna persona, natural o jurídica, podrá establecer discriminaciones en la venta o comercialización de productos, basados en su origen o lugar de procedencia” y “serán nulas y sin ningún valor las cláusulas que establezcan la prohibición de comercializar productos, o las que impongan restricciones para la prestación de servicios o desarrollo de actividades, cuando se basen, expresa, tácita o presuntamente en su origen o lugar de procedencia o de prestación del servicio”, dice el texto, ingresado a trámite a la Cámara el 20 de enero.

Añade que estas empresas “no podrán iniciar actividades en Chile. Si la prohibición de comercializar los referidos productos o de prestar los servicios se produjere con posterioridad al inicio de actividades, ésta deberá ser cancelada. Si se trata de una persona jurídica, la sanción será además la disolución”.

Miércoles 28 de enero de 2009.