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Proponen que Tribunal de Defensa de la Libre Competencia reciba denuncias sobre acciones de interés colectivo de los consumidores

Publicado el 29 de enero del 2010

De este modo, se entrega la competencia a este tribunal especializado de las acciones que se promueven en defensa de derechos comunes, de un conjunto de consumidores que están ligados con un proveedor por un vínculo contractual, y que hoy los tribunales ordinarios no tienen capacidad para resolver.

El proyecto de ley (boletín 6825), presentado por el diputado Francisco Chahuán (RN) señala que de acuerdo a la Ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, son los tribunales ordinarios de justicia los encargados de recibir las acciones de interés colectivo o difuso previstas en dicho cuerpo legal.

Las acciones que son de interés colectivo son aquellas que se promueven en defensa de derechos comunes a un conjunto determinado o determinable de consumidores, ligados con un proveedor por un vínculo contractual.

De este modo, se puede hacer la defensa de un consumidor frente a infracciones, que por su bajo monto sería muy oneroso demandar individualmente. Estos pequeños cobros -como se hacen a miles de personas- representan sumas muy importantes para el proveedor, lo que podrían recuperarse con una demanda colectiva.

Si embargo, indica el autor de la moción que “desde que entró en vigencia la modificación de esta ley, en el año 2004 hasta la fecha, no ha se ha dictado ninguna sentencia ejecutoriada de las acciones ya referidas”.

Fundamentalmente esto se debe al complejo trámite de la admisibilidad que actualmente se contempla, la dificultad de recabar elementos probatorios que fundamenten la negligencia de los denunciados y demandados y la falta de especialidad en esta materia por parte de los tribunales ordinarios, lo que indudablemente provoca una demora en la rapidez con que debieran tramitarse estas acciones.

Frente a estos hechos y dado el impacto social que ha provocado el ejercicio de los derechos colectivos -en cuanto al número de consumidores y usuarios que se están defendiendo a través del SERNAC o por algunas Asociaciones de Consumidores- se hace necesario modificar la ley y entregar esta competencia a tribunales más especializados.

“En particular colegiados y que cuenten con integrantes especialistas en temas económicos y que la investigación de los hechos sea dirigida por un órgano público independiente con facultades necesarias para recabar elementos probatorios si efectivamente detecta tales vulneraciones”, sostiene el legislador.

Por ello, el autor propone “que la competencia para conocer de las acciones de interés colectivo y difuso prevista en la Ley N° 19.496 de protección a los derechos del consumidor, sea conocida por los Tribunales de Defensa de la Libre Competencia”.

El proyecto de ley será analizado por la Comisión de Economía.

Viernes 29 de enero de 2010