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Publicado 16/06/2010 14:42:58

Cámara aprueba en general proyecto sobre asociaciones municipales

La iniciativa obtuvo 102 votos a favor y uno en contra, pero fue devuelta a la Comisión de Gobierno debido a que se presentaron algunas indicaciones. La naturaleza jurídica de derecho privado de las asociaciones de municipios fue uno de los puntos más debatidos.

La iniciativa obtuvo 102 votos a favor y uno en contra, pero fue devuelta a la Comisión de Gobierno debido a que se presentaron algunas indicaciones. La naturaleza jurídica de derecho privado de las asociaciones de municipios fue uno de los puntos más debatidos.

El proyecto, en primer trámite constitucional, modifica la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades con el fin de regular la forma de constitución de las asociaciones de municipalidades, su estructura, funciones y atribuciones, el procedimiento de obtención de personalidad jurídica y demás aspectos y materias que sean necesarios para el debido funcionamiento y operatividad de estos nuevos entes asociativos.

Ingresado a trámite el 15 de diciembre de 2009, requería la aprobación de 4/7 de los diputados en ejercicio (69 votos).

El texto permite que dos o más municipalidades puedan constituir asociaciones municipales, que son organizaciones sin fines de lucro cuya finalidad es facilitar la solución de problemas comunes y el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles. Estas asociaciones podrán gozar de personalidad jurídica y patrimonio propio. Además, el personal que ahí trabaje se regirá por las normas laborales y previsionales del sector privado.

Las asociaciones no intervendrán en asuntos internos de los municipios asociados, respetando así la autonomía de estas entidades. Estarán sujetas a un doble régimen de control. Por una parte, en relación a los aportes municipales que les sean entregados, la fiscalización corresponderá a la Contraloría General de la República, mientras que en lo relacionado con el cumplimiento de las finalidades establecidas en sus estatutos, el control será ejercido por la Subsecretaría de Desarrollo Regional.

Asimismo, será competente la Dirección del Trabajo, para efectos de fiscalización de las relaciones laborales del personal de su dependencia.

Finalmente, con respecto a las normas de transparencia, el proyecto hace aplicable a las asociaciones municipales el principio de la transparencia de la función pública consagrado en Ley de Transparencia.

Hoy existen alrededor de 46 asociaciones de municipalidades, agrupadas de forma territorial o temática que funcionan conforme a convenios celebrados entre ellas y al amparo del municipio correspondiente al alcalde que esté presidiendo la entidad.

La mayoría de los diputados que intervinieron en el debate valoraron la iniciativa planteando que se trataba de una vieja aspiración del mundo municipal y sobre todo porque permitía fortalecer la gestión local en las comunas más pequeñas o con menores recursos gracias al apoyo de otras municipalidades. Sin embargo, algunos parlamentarios manifestaron sus reparos a la naturaleza jurídica de derecho privado que el proyecto les otorga a estas asociaciones.

Los diputados Alberto Robles (PRSD) y Pedro Araya (PRI) objetaron dicho marco jurídico advirtiendo que ello podría desembocar en la privatización de los servicios municipales de salud o educación y también en la creación de plantas de personal paralelas a las de los municipios.

Discrepó de tal visión el diputado Marcelo Schilling (PS), quien consideró excesivos tales temores sosteniendo que este nuevo marco legal en la práctica flexibiliza y da más agilidad a la gestión de los gobiernos locales, destacando además que las asociaciones estarán sujetas a la fiscalización de la Contraloría y, en lo atingente, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y la Dirección del Trabajo.

El diputado Aldo Cornejo (DC) también sometió a cuestionamiento algunos aspectos del proyecto que a su juicio invaden algunas atribuciones de los concejos municipales y presentan contradicciones y falencias desde el punto de vista de la redacción. Consideró también insuficientes los mecanismos de control a las asociaciones y discrepó de la naturaleza jurídica de derecho privado de las mismas.

El diputado Enrique Estay (UDI) desestimó tales críticas señalando que se trata de proyecto bien elaborado y atribuyó ignorancia y desconocimiento a quienes objetan la definición de derecho privado de las asociaciones municipales señalando que así lo prescribe la propia Constitución en su artículo 118. El diputado Germán Becker (RN) también recalcó que en este aspecto la discusión está zanjada porque impera el mandato constitucional aunque consideró factible introducir otros perfeccionamientos al proyecto.

El diputado Ramón Farías (PPD) respaldó la iniciativa pero exhortó a aprobar nuevas reformas en este ámbito para dotar de más autonomía y recursos a los municipios a fin de convertirlos en verdaderos gobiernos locales.