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Publicado 30/08/2012 12:57:52

Comisión de Superación de la Pobreza aprobó proyectos que fomentan la inclusión laboral de personas con discapacidad

Las propuestas, iniciadas ambas en mociones parlamentarias y refundidas en un único texto, fueron derivadas a la Sala para su pronunciamiento.

Las propuestas, iniciadas ambas en mociones parlamentarias y refundidas en un único texto, fueron derivadas a la Sala para su pronunciamiento.

Por unanimidad, la Comisión de Superación de la Pobreza, Planificación, Desarrollo Social y Discapacidad de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a la Sala dos mociones parlamentarias refundidas (boletines 7025 y 7855) por medio de las cuales se busca incentivar en el mercado la inclusión de discapacitados al mundo laboral.

El acuerdo adoptado en la Comisión, instancia que preside el diputado Enrique Accorsi (PPD), fue avanzar en el trámite del ahora único proyecto sobre la base de las dos mociones y de un conjunto de propuestas presentadas por el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).

En todo caso, la iniciativa podría tener un segundo trámite en la Comisión, dado que se espera la llegada de un paquete de indicaciones comprometidas por el Ministerio de Hacienda.

La propuesta, en primer lugar, inhabilita para celebrar contratos con la Administración del Estado a las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenados por discriminación por causa de discapacidad, sea en sede judicial o administrativa.

Seguidamente, se agrega un nuevo inciso segundo y tercero al artículo 6º de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio que disponen que la Administración deberá preferir a los postulantes que sean empleadores de personas con discapacidad y, entre ellos, a los que otorguen mejores condiciones de empleo y remuneración a sus trabajadores con discapacidad.

Asimismo, se señala que la Administración, al contratar, deberá contemplar en sus licitaciones la preferencia en la adjudicación de sus contratos a favor de empresas, públicas o privadas que tengan en su plantilla de trabajadores un número de personas con discapacidad igual o superior al 2%, siempre que dichas propuestas igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación, lo que se determinará en un reglamento, que deberá ser dictado por los Ministerios de Hacienda y Desarrollo Social.

La Administración, para calificar la contratación de personas con discapacidad, deberá considerar la debida acreditación de los mismos en el Registro Nacional de Discapacidad.

Finamente, tal como fue despachado, el proyecto refundido propone que toda unidad laboral, ya sea del sector público o privado, deberá reservar al menos un 2% de sus puestos laborales para trabajadores que, siendo idóneos para la función, posean alguna discapacidad.