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Publicado 26/09/2012 12:00:42

Proponen modificar ley que permita la venta de terreno indígena

Importantes limitaciones a la propiedad indígena que afectan el desarrollo, tanto laboral como económico, son algunas de las causas que presentaron los diputados para modificar la Ley sobre protección, fomento y desarrollo de los pueblos originarios. El objetivo es permitir a los indígenas la venta de sus tierras para la construcción de viviendas sociales.

Importantes limitaciones a la propiedad indígena que afectan el desarrollo, tanto laboral como económico, son algunas de las causas que presentaron los diputados para modificar la Ley sobre protección, fomento y desarrollo de los pueblos originarios. El objetivo es permitir a los indígenas la venta de sus tierras para la construcción de viviendas sociales.

René Manuel García (RN) encabeza la propuesta (boletín 8533) , que cuenta además con el respaldo de los diputados Gonzalo Arenas y Enrique Estay (UDI), así como los democratacristianos René Saffirio, Mario Venegas y Fuad Chaín, los RN José Manuel Edwards y Germán Becker, el radical Fernando Meza y Joaquín Tuma (PPD).

La Ley sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, que creó la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) en 1993, estableció como normativa fundamental, otorgar recursos y protección a las etnias originarias, de manera de ir en ayuda del desarrollo y dar alcance a los objetivos trazados por las propias comunidades. En la práctica significó la entrega de recursos monetarios por intermedio de la CONADI y la creación de centro educacionales para promover la educación.

No obstante, la normativa presentó importantes restricciones, las que se vieron reflejadas en el artículo 13 de la ley en cuestión, según la cual se prohíbe enajenar las tierras indígenas, embargarlas, gravarlas o adquirirlas por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas. Los terrenos tampoco pueden ser arrendados, dados en comodato, ni cedidos a terceros en uso, goce o administración de las tierras cuyos titulares sean Comunidades Indígenas.

En consecuencia, expresan los autores de la moción, las limitantes a la propiedad indígena están afectando su desarrollo, puesto que les impide a los dueños de las tierras generar recursos por concepto de arriendo o la venta de la propiedad, obligando a los dueños de las tierras a quedarse con la misma porción de terreno, sin poder tener otra opción que les signifique un beneficio económico.

A lo anterior, se debe sumar que en el país los centros urbanos han crecido de manera significativa, por lo que no es de extrañar que las personas tomen la decisión de emigrar de las zonas rurales e insertarse en las ciudades, las cuales se han visto congestionadas. La solución que ha dado la autoridad es la expansión del radio urbano, con lo que aumenta el territorio en donde se pueden construir más viviendas.

En lo que respecta a la Región de La Araucanía, ocurre el mismo fenómeno, ya que los centros urbanos se están viendo saturados con el gran éxodo desde el área rural hacia las ciudades. Sin embargo, contrario a lo que ocurre en la mayoría de las regiones de país, la expansión del plano regulador no es una solución al problema. Puesto que, los terrenos que se insertan dentro del nuevo plano regulador, pertenecen a las comunidades indígenas, sin posibilidad de ser adquiridos por quienes no pertenecen a una etnia originaria. La ley no permite que las comunidades indígenas vendan sus terrenos para la construcción de viviendas sociales, lo que no sólo podría beneficiar económicamente a los primeros, sino que además podría significar un beneficio social y nacional mucho mayor.
Asimismo, hoy La Araucanía sufre un problema mayor, la reivindicación de las tierras indígenas. Lo que ha implicado que los indígenas soliciten por distintas vías, que se les devuelvan sus tierras ancestrales. Por lo que de resultar el proyecto, podría aumentarse el patrimonio territorial del pueblo indígena, si éstos pudieran vender sus propiedades.

Por último, se agrega un inciso a la Ley 19.253, con el objeto de permitir que los indígenas puedan vender sus tierras, sólo con la finalidad de que el terreno enajenado sea de uso exclusivo para la construcción de viviendas sociales y su infraestructura asociada, lo que permitiría terminar con las restricciones de la normativa.

El proyecto fue remitido para su estudio a la Comisión de Vivienda.