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Publicado 23/04/2013 10:00:59

Proyecto consagra principio de inclusión de alumnos con necesidades especiales

El texto legal establece que será “deber del Estado garantizar la libre elección del establecimiento educacional por parte de alumnos con necesidades educativas especiales, o de sus padres”.

El texto legal establece que será “deber del Estado garantizar la libre elección del establecimiento educacional por parte de alumnos con necesidades educativas especiales, o de sus padres”.

Diputados de diversas bancadas presentaron un proyecto (boletín 8857) que modifica la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, consagrando el principio de inclusión de alumnos con necesidades educativas especiales.

La propuesta fue presentada por los diputados Marcela Sabat (RN), Claudia Nogueira (UDI), Mónica Zalaquett (UDI), Enrique Accorsi (PPD), Pedro Browne (RN), Alfonso De Urresti (PS), Nicolás Monckeberg (RN), Leopoldo Pérez (RN), Ricardo Rincón (DC) y Felipe Ward (UDI), y será estudiada por la Comisión de Educación.

En los fundamentos se consigna que tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en nuestra Constitución se consagra la igualdad de las personas y el derecho a la educación.

Asimismo, en la Convención sobre los Derechos de la Infancia de 1989, se dispone que "Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad."

En tanto, diversas declaraciones de las Naciones Unidas, que culminaron en el Programa de Acción Mundial para Personas con Discapacidad y en las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, buscan promover y garantizar por parte de los Estados la educación de las personas con discapacidad en un plano de igualdad y plenamente integrados en establecimientos educaciones ordinarios.

De la misma forma se agrega que en las últimas décadas, si bien hay proyectos aislados que buscan hacer realidad el principio de inclusión, priman los modelos segregadores, que disponen de establecimientos educacionales especiales para alumnos con discapacidades físicas o psicológicas.

“Este modelo educativo ha sido objeto de diversas críticas. Fundamentalmente se le critica que lo único que hace es acrecentar el paradigma normalidad/anormalidad, perpetuando la segregación que sufren cotidianamente las personas con discapacidad. Esta marginación es perjudicial no solo para quien la sufre, sino también para los niños que en plena etapa de formación, se les priva de convivir con sujetos que presentan algún tipo de trastorno físico, sensorial o psicológico”, añade el texto.

Se precisa que la educación inclusiva persigue que no existan ambientes segregados, sino que todos los niños y niñas, independientemente de sus necesidades educativas, puedan estudiar y aprender juntos.

Se explica que un alumno presenta necesidades educativas especiales cuando tiene dificultades mayores que el resto para acceder al currículo común de su edad, y necesita para compensar esas dificultades condiciones especialmente adaptadas en los diferentes elementos de la propuesta curricular ordinaria, y/o la provisión de recursos específicos distintos de los que la escuela ofrece a la mayoría de los alumnos.

De esta forma, la moción modifica la ley 20.370, que Establece la Ley General de Educación, para establecer que el sistema educativo chileno velará por la inclusión de alumnos con necesidades educativas especiales.

Adicionalmente, se precisa que será deber del Estado garantizar la libre elección del establecimiento educacional por parte de alumnos con necesidades educativas especiales, o de sus padres. “Para los efectos de la presente ley, son alumnos con necesidades educativas especiales, aquellos que durante toda su etapa escolar o en un periodo concreto de ella, requieren apoyo o atención específica en razón de trastornos físicos, psíquicos o sensoriales", concluye el proyecto.