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Publicado 20/11/2013 15:30:58

Cámara aprobó proyecto que implementa Convenio que suprime exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros

La iniciativa, enviada al Ejecutivo para su promulgación, modifica diversos cuerpos legales, de manera de implementar este instrumento internacional, conocido como Convención de la Apostilla.

La iniciativa, enviada al Ejecutivo para su promulgación, modifica diversos cuerpos legales, de manera de implementar este instrumento internacional, conocido como Convención de la Apostilla.

Por 84 votos, la Cámara aprobó las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 8556) que implementa la Convención de La Haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros, adoptada el 5 de octubre de 1961 en La Haya, Países Bajos.

La iniciativa consiste básicamente en terminar con el actual sistema de legalización de documentos, que es bastante engorroso, reemplazándolo por otro que en gran parte del mundo se considera muy eficiente para ese mismo objetivo.

La propuesta legal establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores será el garante de una correcta aplicación del Registro Central de Apostillas y administrará el Sistema Electrónico Único de Apostillas.

Se establece, además, que las autoridades competentes para la aplicación del sistema serán los Secretarios Regionales Ministeriales de Justicia, Educación y Salud, así como el Director Nacional y los Directores Regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación.

El Ministerio de Relaciones Exteriores estará facultado para apostillar todo tipo de documentos, en un carácter residual. De esta manera se acerca la apostilla a las personas en todas las regiones del país y se simplifica el sistema actual de legalización al reducirlo a una única etapa que consiste en la fijación de una apostilla por parte de la autoridad competente del Estado de la cual dimane el documento público en cuestión.

Esta apostilla está llamada a certificar la autenticidad de la firma, la calidad en que el signatario del documento haya actuado y, en su caso, la identidad del sello o timbre de que el documento esté revestido.

Con el mismo objetivo de alcanzar una mayor eficiencia y eficacia, se ha establecido que la apostilla será electrónica (e-Ápostilla) y su registro también (e-Registro).