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Publicado 29/01/2014 12:00:37

Moción establece medidas obligatorias de mitigación y combate inicial de incendios forestales

La iniciativa legal exige a los propietarios de predios de aptitud forestal, hacerse responsables de implementar medidas para prevenir y mitigar el riesgo de incendios en sus sitios y su propagación a terrenos colindantes.

La iniciativa legal exige a los propietarios de predios de aptitud forestal, hacerse responsables de implementar medidas para prevenir y mitigar el riesgo de incendios en sus sitios y su propagación a terrenos colindantes.

En los fundamentos del proyecto de ley (boletín 9239) se señala que los incendios forestales ocasionan enormes pérdidas y riesgos. Cada año, particularmente en la época estival, el país se ve conmocionado por enormes siniestros que destruyen miles de hectáreas de plantaciones agrícolas y forestales, afectando también viviendas e incluso, quitando la vida o causando lesiones a brigadistas o residentes.

Al costo económico de viviendas, especies vegetales e instalaciones industriales dañadas, debe sumarse el gasto en que se incurre en el combate de estos siniestros, especialmente por parte del Estado, a través de las brigadas de CONAF y también aquellas establecidas por particulares.

Pese a que esta dramática realidad resulta reiterada en el tiempo, nuestro país carece de exigencias relevantes tendientes a la prevención de los siniestros forestales. Por el contrario, las medidas de mitigación, prevención, pesquisa y combate inicial resultan voluntarias. Por esto, los autores de la iniciativa indican que es indispensable establecer exigencias más rigurosas para los propietarios de predios de naturaleza forestal.

De este modo, el proyecto de ley modifica el decreto N° 4.363, del Ministerio de Tierras y Colonización, del año 1931 y la Ley de Bosques, estableciendo que los propietarios de predios forestales serán responsables de implementar las medidas indispensables para prevenir y mitigar el riesgo de incendios en sus sitios y evitar su propagación.

Con este objeto deberán adoptar las siguientes acciones:

1.Elaborar un croquis simple que considere:

- Los recursos y bienes que pueden ser afectados por el fuego.
- Las principales fuentes potenciales de origen de incendios forestales.
- Datos generales de referencia del lugar.

Lo anterior considerará la existencia de senderos, caminos y vías internas, líneas férreas, tendido eléctrico, balnearios, zonas de picnic o camping y poblados cercanos, construcciones y cursos de agua.

2. Un cuadro explicativo de dicho croquis con la localización de los sectores críticos desde donde pueden originarse los incendios, expresados en coordenadas UTM, y la causa probable de un incendio forestal, contemplando, asimismo, las medidas de prevención y mitigación que se implementarán.

Una copia de dichos documentos deberá ser entregada en el Cuerpo de Bomberos correspondiente al domicilio y en la municipalidad respectiva, debiendo actualizarse cada 5 años y con ocasión de cualquiera modificación relevante en los riesgos.

Entre las medidas destinadas a prevenir o mitigar el riesgo de siniestros que deberán implementarse se incluirán la instalación de cercos para impedir el tránsito de personas o vehículos desde sectores de uso y tránsito hacia el bosque o cubierta vegetal a proteger; la instalación de letreros con señalización, advertencias y medidas básicas de prevención; la prohibición de fogatas o quemas y la limpieza de senderos y vías en sectores de uso intensivo.

Asimismo se deberá realizar la habilitación y mantención de cortafuegos en lugares aledaños a sitios de permanencia habitual y tránsito de personas o vehículos; en los linderos de los predios y en las cercanías de cursos de agua.

Se entenderá por cortafuego el sector de terreno desprovisto natural o artificialmente de vegetación con el objeto de detener o reducir la propagación del fuego. En casos calificados, podrá cumplir ese mismo objetivo el establecimiento de una cubierta vegetal de especies ignífugas (antifuegos).

Junto con ello, deberá habilitarse un cortafuego de al menos 6 metros de ancho en los siguientes lugares:

- En los alrededores de la carpeta de rodado de vías internas o caminos públicos.
- En los alrededores de líneas férreas.
- En los linderos que separen el predio del inmueble contiguo.
- En las cercanías de cursos de agua.
- En el perímetro de zonas de uso intensivo con fines turísticos, residenciales, industriales, comerciales o de tránsito que involucren un mayor riesgo.

Un reglamento establecerá las características de los cortafuegos, pudiendo aumentar su extensión hasta el triple de lo señalado considerando las especies plantadas, la pendiente del terreno y otros factores de riesgo.

En tanto, el propietario deberá implementar, además, medidas para la detección, pesquisa y comunicación de siniestros, tales como:

- Casetas de observación en altura.
- Personal de vigilancia.
- Cámaras, sensores u otros dispositivos.

Dichos elementos deberán disponer de equipos de comunicación que permitan la información oportuna de los focos iniciales de incendios forestales.

Corresponderá, asimismo, al propietario disponer de recursos humanos capacitados, elementos y planes de acción para el primer ataque al fuego en caso de producirse un siniestro.

Un reglamento establecerá las características y magnitud de estas medidas y exigencias de personal en atención a la extensión de los terrenos, vegetación existente, características topográficas, usos y otros riesgos. Las medidas y acciones señaladas podrán ser implementadas en conjunto por los diversos propietarios de inmuebles colindantes.

La infracción de las disposiciones precedentes será sancionada con una multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales.

Los reglamentos respectivos podrán, además, establecer plazos graduales, de hasta dos años adicionales, para la implementación de las medidas para la detección, pesquisa y comunicación y la capacitación de personal de combate de siniestros.

El proyecto de ley fue presentado por los diputados Cristián Campos (PPD), Lautaro Carmona (PC), Clemira Pacheco (PS) y Patricio Vallespín (DC) y será analizado por la Comisión de Recursos Naturales.

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