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Publicado 22/04/2014 19:30:17

Aprueban en Comisión alza al impuesto de timbres y estampillas y reducción de la franquicia a la construcción

En ambos casos, el debate estuvo centrado en el potencial impacto que las medidas tendrían en la clase media. Para la oposición el efecto sería directo, en tanto que para el oficialismo el impacto estaría en el decil más rico de la población y en las grandes empresas.

En ambos casos, el debate estuvo centrado en el potencial impacto que las medidas tendrían en la clase media. Para la oposición el efecto sería directo, en tanto que para el oficialismo el impacto estaría en el decil más rico de la población y en las grandes empresas.

Otros dos importantes capítulos de la reforma tributaria, específicamente, el alza del impuesto de timbres y estampillas y la reducción de la franquicia a la construcción, fueron aprobados esta tarde en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, instancia que preside el diputado Pablo Lorenzini (DC).

La reducción de la franquicia fue ampliamente debatida por los parlamentarios, polarizándose las posiciones en torno al impacto que la medida traería para los sectores medios de la población.

Desde la oposición, los diputados UDI Patricio Melero, Javier Macaya y Felipe De Mussy y los RN Alejandro Santana y Nicolás Monckeberg sostuvieron que la reducción afectaba a la clase media, particularmente a las personas que ganan entre un millón y un millón 500 mil pesos, y llamaron a reconsiderar su aplicación o a moderar su efecto a través de un paliativo.

Plantearon que la medida implicará un alza del 13% en el costo de las vivienda de 2500 UF y estimaron que habrá una contracción en las construcciones, reduciéndose la oferta de trabajo en esta área.

El oficialismo refutó las críticas y defendió la focalización del beneficio fiscal. Los diputados Matías Walker (DC), Sergio Aguiló (IC), José Miguel Ortiz (DC), Marcelo Schilling (PS), Manuel Monsalve (PS), Pepe Auth (PPD) y Enrique Jaramillo (PPD) sostuvieron que las viviendas sobre las 2000 UF sobrepasan la real capacidad de la clase media y consideraron que mantener la franquicia para viviendas de 3000 o 4500 UF implicaría seguir favoreciendo al decil más rico del país.

El Ministro de Hacienda, Alberto Arenas, destacó que aquí no se elimina un subsidio sino que se reduce la aplicación de una franquicia tributaria, es decir, se restituyen recursos del fisco entregados al sector de la construcción. Sostuvo que hay diversos estudios que critican esta franquicia y afirmó que no existen trabajos que avalen una repercusión directa entre la reducción de la franquicia con un potencial alza de los precios de las viviendas.

La franquicia, con la modificación aprobada hoy (ocho a favor, cuatro en contra y una abstención del diputado De Mussy), establece que las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ellas construidas cuyo valor no exceda de 2000 UF, con un tope de hasta 100 UF por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del DL 825, de 1974.

Cabe mencionar que este tema volverá a ser tocado una vez que se llegue a los artículos transitorios, dado que el Ejecutivo, respondiendo a la solicitud de varios diputados encabezados por el presidente de la instancia, accedió a definir una entrada en vigencia gradual.

Timbres y Estampillas

La discusión del alza al impuesto de timbres y estampillas también tuvo como centro su potencial efecto en la clase media, tesis que defendió en todas sus intervenciones la oposición y que fuera refutado nuevamente por el oficialismo. El primer grupo recalcó que la norma afectaría el costo de los créditos para las personas y el accionar de las pymes, en tanto que el segundo recalcó que la medida tendría su impacto real en las grandes empresas.

Pese a las diversas posiciones sobre el fondo de la medida (subir o bajar la tasa), hubo una apertura entre los parlamentarios de ambos sectores políticos para plantear al Ejecutivo la opción de efectuar un sistema diferenciado de la tasa, de modo que, por ejemplo, los créditos de las personas no se vean afectados por el alza.

El Ministro Arenas explicó que el impuesto está planteado como una forma de gravar las operaciones financieras y sostuvo que las cifras involucradas dicen relación con una equivalencia al pago del IVA.

Recalcó que las pymes están protegidas a través del mecanismo definido en el 14 ter, cuya aplicación amplía esta ley, dado que les permite descontar su costo en sus declaraciones de la renta. Además, indicó que estudios de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras señalan que el 66% del efecto de recaudación está radicado en las megaempresas y el 82% en las grandes empresas.

Respecto de este punto, los diputados aprobaron en forma unánime una indicación del Ejecutivo que corrige uno de los guarismos presentados en la propuesta original. El artículo fue aprobado por ocho votos a favor y cinco en contra.

El impuesto de timbres y estampillas se aplica a los documentos o actos que involucran una operación de crédito de dinero, por ejemplo letras de cambio o pagarés. La base imponible es el monto del capital especificado en cada documento y la tasa es variable, dependiendo del período de tiempo que medie entre la emisión del documento y su plazo de vencimiento. La tasa, con el cambio aprobado hoy es 0,066% por el valor del documento por cada mes o fracción, con un tope máximo de 0,8 %.

Cabe mencionar que en la sesión de esta tarde también fue votada la censura presentada por la oposición en contra del presidente de la Comisión, resultando rechazada por cinco votos a favor y ocho en contra.