La Cámara de Diputados aprobó, este jueves, el proyecto que incorpora diversas medidas de índole tributaria (boletín 11404). La iniciativa incluye una serie de materias, como facilitar donaciones privadas para para el financiamiento de la visita Papal y aclarar el tratamiento tributario respecto de la disminución patrimonial que sufre un contribuyente que realiza donaciones.
Pero, además, el texto avanza en una serie de materias relativas al intercambio internacional de información financiera y otras materias que avanzan en el mejor funcionamiento de los mercados.
De esta manera, se propone la derogación de regímenes de plataformas de negocios existentes en la Ley sobre Impuesto a la Renta, mecanismo creado en 2002, que buscaba atraer capitales desde el exterior, pero que no ha tenido la relevancia buscada y tampoco generó los efectos económicos pensados.
Asimismo, se adecua el Código Tributario a las normas vigentes contempladas en la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (“MAAT”), relativas a implementar un nuevo estándar global y único, exigidos por la OCDE para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras de no residentes, denominado “Common Reporting Standards” (“CRS”).
Como se señaló, también propone establecer que las donaciones efectuadas por empresas a la Iglesia Católica, en razón de la visita papal, hasta por el monto global de MM$ 4.000, sean consideradas como un gasto necesario para producir la renta, ayudando, de esta manera, al financiamiento de esta visita de Estado que le corresponde financiar al Fisco.
En su paso por la Comisión de Hacienda, se agregó al texto una obligación sobre la Conferencia Episcopal en términos de hacer una rendición completa de los fondos recibidos como donación para financiar la visita del Sumo Pontífice, durante el transcurso del primer semestre de 2018, al Ministerio de Hacienda, información que dicha carter deberá remitir a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado.
Asimismo, la legislación actual señala que los contribuyentes residentes de un país con el cual Chile tiene vigente un Convenio para evitar la doble tributación, tienen derecho a imputar como crédito el 100% del impuesto pagado por la empresa, en la medida que nuestro país haya suscrito dichos Convenios antes del 1 de enero de 2017 y entren en vigencia en los países signatarios antes del 31 de diciembre de 2019. El proyecto amplía este plazo hasta el 31 de diciembre de 2021.
Finalmente, se aclara el tratamiento tributario de las donaciones al Fisco establecida en el D.L. N° 1.939, de 1977, para las empresas, de manera de reducir las barreras existentes para su materialización, lo que permitirá que las empresas puedan reducir las barreras existentes al donar al Estado como, por ejemplo en catástrofes, o donaciones para parques nacionales (como es el caso del Parque Pumalín), sin ser gravadas.
Tras la aprobación de la Cámara, el texto fue remitido al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.