La directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Consuelo Contreras, considera que la tipificación de la incitación a la violencia y otras materias relacionadas, como la difusión de mensajes de odio en contra de determinados grupos sociales o personas en particular, requiere de discusiones profundas en las que lo fundamental debe ser poner en relieve los principios destinados a asegurar una convivencia social pacífica y, a la vez, que las diferencias no se anulen.
Entre otras de sus observaciones expuestas a los parlamentarios, recalcó que este debate amplio también debe extenderse hacia la necesidad de generar medidas para prevenir la discriminación y la estigmatización de ciertas categorías de personas que históricamente han debido enfrentar prejuicios y no restringir la acción del Estado solo a la tipificación penal de determinadas conductas o crear nuevas acciones judiciales para imponer sanciones, como únicos caminos posibles.
En el ámbito comparado, explicó, existen diversos modos de enfrentar la manifestación de discursos de odios, las que van desde el establecimiento de su mera prohibición, pasando por la posibilidad de imponer sanciones civiles y/o administrativas, hasta el castigo criminal mediante multas o penas privativas de libertad en casos particularmente graves y calificados.
Sin perjuicio de las diferencias advertidas recientemente, señaló que el elemento común a todas estas formas de regulación es la limitación de la libertad de expresión. En consecuencia, advirtió que el primer elemento a tomar en cuenta es determinar si los límites establecidos incumplen o no las obligaciones y estándares internacionales en materia de libertad de expresión.
Consuelo Contreras sostuvo que, en general, el INDH valora el proyecto, pero insta a:
-Enmarcar una discusión en un contexto más amplio que aborde la necesidad de contar con una adecuada regulación de la prohibición y sanción de la incitación a la violencia, entendida como un continuo de la discriminación, estigmatización y deshumanización que ha afectado a ciertos grupos de personas.
-Evitar que la legislación no quede reducida simplemente a acciones judiciales y sanciones (ya sean administrativas, civiles o penales) por la ocurrencia de hechos u omisiones de dicha naturaleza, sino que se avance gradualmente en el establecimiento de un modelo preventivo orientado hacia la valoración de la diversidad social. “Es urgente contar con políticas, programas y acciones orientadas a prevenir la discriminación y la violencia hacia determinados grupos”, explicó.
-Mediante el nuevo tipo que se pretende introducir en el Código Penal, se sanciona la incitación directa de la violencia física en contra de un grupo o una persona determinada, regulación concordante con la gravedad de las conductas que se pretende prohibir.
En la jornada de trabajo de la Comisión de DD. HH. estuvieron presentes, además, el Consejero de la Conadi, Iván Carilao, y representantes de las Asociaciones Indígenas, los que también entregaron su visión respecto del proyecto de ley que tipifica el delito de incitación a la violencia que continúa su tramitación en la Cámara.