El mensaje del Ejecutivo, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en lo relativo a las normas sobre embarcaciones pesqueras artesanales y menores prestadoras de servicios a la acuicultura (boletín 14.178), fue respaldado por la Comisión de Pesca.
La propuesta tiene por objeto perfeccionar la norma sobre los espacios de habitabilidad de las embarcaciones, para incorporar a las naves menores que prestan servicios a la acuicultura y que no están incorporadas en la ley N° 21.287, que definió las condiciones de habitabilidad que deben cumplir en general las embarcaciones.
En ese contexto, el presente proyecto determina que se excluirán del volumen total de arqueo bruto aquellos espacios cerrados destinados única y exclusivamente a la habitabilidad y bienestar de la dotación, que se encuentre en la cubierta superior o inferior, no excediendo un máximo de 50 metros cúbicos y den garantías de seguridad y navegabilidad.
Las parlamentarias y parlamentarios también aprobaron una indicación presentada por el Ejecutivo que modifica la Ley de Navegación para definir que se entenderán por naves mayores aquellas cuyo arqueo bruto es de cien o más y naves menores todas las que tengan un arqueo menor a cien, duplicando así el tamaño establecido actualmente que fijaba los límites en 50.
Habitabilidad
La norma establece que se excluirán del volumen total de arqueo bruto los espacios destinados única y exclusivamente a la habitabilidad y bienestar de la dotación, tales como cocina, comedor, camarotes, baños o zonas de descanso de la tripulación.
Este descuento es exclusivo para las embarcaciones menores que presten servicios a la acuicultura, por lo que si alguna embarcación deja de desarrollar dicha actividad, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante deberá determinar su nuevo arqueo.
El proyecto también señala que las condiciones de seguridad, equipamiento y habitabilidad en las embarcaciones pesqueras artesanales y embarcaciones menores prestadoras de servicio a la acuicultura, son aquellos elementos como ubicación, tamaño, materiales, condiciones de higiene, ventilación, calefacción, iluminación, mitigación de ruidos y vibraciones, aplicables a las zonas de alojamiento.
Un reglamento determinará cuáles son las condiciones de habitabilidad y bienestar que deberán cumplir dichos espacios.
El diputado Miguel Ángel Calisto (DC) entregará el informa a la Sala.