
En condiciones de pasar al Ejecutivo a fase de promulgación quedó el proyecto (boletín 17040) que estable un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres, luego que la Sala de la Cámara aprobara las modificaciones del Senado al texto despachado en el primer trámite.
El texto mantuvo sin cambios la tasa de 1,5% aplicado sobre las ventas con pago por medios electrónicos. Igualmente, la liberación de llevar contabilidad y de presentar declaración de impuestos referidos a este régimen. Asimismo, se conservó el tope de 3,5% de cobro entre impuesto y comisión del operador del sistema electrónico.
Tampoco tuvo enmiendas la norma que obliga a los operadores administradores o proveedores de medios de pago electrónico a ser agentes retenedores respecto del impuesto sustitutivo.
Sin embargo, se indica que no quedan liberados de exigir, ni el vendedor (al feriante) de emitir, la respectiva documentación tributaria en las ventas o adquisiciones de bienes y servicios que realicen.
Cambios al régimen para las ferias libres

Las enmiendas apuntaron tanto a la forma como al fondo del proyecto. El ministro de Hacienda, Mario Marcel, resaltó que los cambios realizados dicen relación con temas planteados por la Cámara, en el primer trámite. Así, por ejemplo, se permitirá que los feriantes desarrollen otras actividades distintas a las acá reguladas.
Específicamente, se amplían los contribuyentes que puedan incorporarse a este régimen. Así, ya no son solo aquellos con giro de ferias libres, sino también quienes tengan otras actividades complementarias. Estas últimas las definirá el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Además, se define la actividad. De tal modo, se entenderá por feria libre o feria el conjunto de comerciantes minoristas y trabajadores independientes que periódicamente o de forma regular o programada ejercen, en un perímetro delimitado, como actividad principal la venta de alimentos de origen vegetal o animal y/u otro tipo de bienes al detalle.
También se aclara que, sin perjuicio de sus demás facultades de fiscalización, el SII creará y llevará un registro los contribuyentes afectos a este régimen. Estos se incorporarán a partir del mes siguiente al de su inscripción en el registro.
Exclusiones y otros cambios
El texto introdujo una exclusión del régimen para los comerciantes de ferias libres cuyos permisos o patentes hayan sido revocados. De igual modo, si han expirado o extinguido por cualquier motivo. Se suman a ellos los que informen al SII otra actividad comercial y los que utilicen medios de pago electrónico por operadores distintos de aquellos autorizados por el Servicio.
Y, en caso de incumplimiento de las condiciones, los comerciantes de ferias libres deberán sujetarse al régimen general del IVA. Esto será a partir del mes subsiguiente al que ocurra el incumplimiento.
Junto a lo anterior, se extiende el periodo para presentar ante el SII la titularidad de un permiso o patente municipal para la actividad de feria libre. También, para solicitar su inscripción en el registro. Así, se pasa del 31 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Adicionalmente, se define para el 1 de enero de 2026 la entrada en vigencia del procedimiento de incorporación al régimen.
Se agrega que el Servicio no podrá denegar la inscripción en el registro, bajo el fundamento de existir deudas tributarias que se hubiesen originado con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley. Este punto fue destacado por el ministro Marcel, recordando que fue una demanda de la Cámara. Asimismo, aclaró que, una vez ingresado al sistema, se darían por finalizados los procesos de fiscalización previos, sin sanciones aplicables.
Finalmente, entre otras modificaciones, se eliminó la norma transitoria que permitía al 60% más vulnerable de los comerciantes de ferias libres contar con cinco años para realizar el trámite de inicio de actividades para solicitar los permisos municipales. En su reemplazo, se entrega a estos contribuyentes acceso preferente a orientación y acompañamiento de la Defensoría del Contribuyente.
Discusión

El debate de este proyecto se desarrolló en dos días. El lunes 5 intervinieron Agustín Romero, Cristóbal Urruticoechea, Maite Orsini, Marisela Santibáñez, Juan Fuenzalida, Boris Barrera, Erika Olivera, Marta González, Eduardo Durán, Alejandro Bernales, Andrés Longton, Carmen Hertz, Sergio Bobadilla, Jaime Sáez, Daniela Serrano, Roberto Arroyo, Jorge Saffirio, Rubén Darío Oyarzo, Miguel Mellado, Marlene Pérez, Jaime Naranjo, Andrés Jouannet, Félix González, Leonardo Soto y Karen Medina.
El martes 6, en tanto, participaron Sara Concha, Jorge Rathgeb, Carolina Tello, Jorge Durán, Daniel Lilayu, Nathalie Castillo, Raúl Leiva, Jorge Guzmán, Miguel Ángel Calisto, Johannes Kaiser, Jaime Mulet, Clara Sagardia, Leonidas Romero, Diego Schalper, Joanna Pérez y Juan Carlos Beltrán.
En la discusión, todos destacaron la importancia de las ferias libres, pero se manifestaron discrepancias respecto de los alcances de la iniciativa. Incluso sobre normas que ya estaban ratificadas por ambas cámaras, como la tasa impositiva especial.
Los críticos señalaron que este texto es un error y que no aborda las problemáticas reales de los feriantes. Igualmente, indicaron que menos de un 20% de ellos usan medios electrónicos y que se desconoce la realidad regional.
Se observó negativamente el hecho que los feriantes pasen a pagar impuestos. Además, refutaron el impacto que han tenido fiscalizaciones previas del SII y llamaron a dar una solución a los contribuyentes sancionados de este sector económico.
Desde la perspectiva de quienes apoyaron la propuesta, este proyecto es una real avance, que se complementará con otra iniciativa, también en trámite en la Cámara. Ella abordará temas relacionados a la infraestructura y a las condiciones en que se desarrollan las ferias.
Resaltaron que se permitirá avanzar en formalidad del sector, con una taza razonable para su realidad, en vez de tener que pagar el 19% del IVA. Junto a ello, se liberarán de realizar contabilidad y declaración de impuestos. Asimismo, se destacó que el proyecto surgió de una mesa planteada por los propios feriantes. Entre otras razones, ellos reclamaban por la necesidad de contar con medios de pago más seguros para ellos y los clientes.
Ejecutivo
El ministro de Hacienda remarcó que este proyecto busca formalizar a miles de trabajadores que, hoy, como está estructurado el régimen tributario, están marginados.
También aclaró que no se impedirá el pago en efectivo. Asimismo, insistió en que esta iniciativa no afectará en nada derechos sociales que les correspondan a los feriantes por su situación socioeconómica.
De igual modo, recordó que la adscripción a este régimen especial es voluntario. Sin embargo, recalcó que, como cualquier otra venta, las transacciones de las ferias libres son objeto de cobro impositivo. Así, de no acogerse a este mecanismo, se regirían por la norma general del IVA.