
Apoyar la adquisición de viviendas y, conjuntamente, favorecer la reducción de un stock acumulado estimado de 100 mil unidades (a 2024) en el sector inmobiliario es la finalidad de un proyecto (boletín 17368) aprobado hoy por la Sala de la Cámara y despachado al Ejecutivo para promulgación como ley de la República.
La iniciativa se analizó en tercer trámite, donde los cambios del Senado, se dirigieron, en su mayoría, a precisas algunas materias, no alterando el fondo de lo ya aprobado en el primer trámite.
Específicamente, el beneficio pasa por la creación de un subsidio a la tasa de interés hipotecaria de 60 puntos base. Solo aplica para la adquisición de viviendas nuevas y será atingente para personas naturales. Se entregará conjuntamente con una garantía estatal, con el objetivo de conseguir una baja de interés aún mayor al monto subsidiado.
El beneficio no será aplicable a compraventas de promesas celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024, ni a créditos hipotecarios que sean novados.
Condiciones de este subsidio para viviendas nuevas

Del citado conjunto, seis mil subsidios se destinarán exclusivamente a las personas naturales que cumplan con: Se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda y de créditos para el financiamiento de primera vivienda. Además, el valor de la unidad no debe superar las 3.000 UF. Asimismo, las y los postulantes deberán cumplir con las normas del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y de la presente ley, entre otras normativas.
La extensión del universo de beneficiarios fue un logro que se definió en la Cámara. También la extensión a 24 meses del plazo para solicitar financiamientos con las presentes condiciones, después de publicada esta ley. Además, se obligará a las instituciones financieras a informar sobre el monto total de subsidios vigentes. Asimismo, sobre otros antecedentes que permitan verificar su adecuado funcionamiento.
Programas de apoyo
El proyecto, igualmente, introduce modificaciones al Fondo de Garantía Estatal (Fogaes). En este marco se crea un nuevo programa para personas naturales, de apoyo a la vivienda nueva de hasta 4 mil UF. Tendrá una cobertura del 60% del valor del inmueble. La garantía no podrá tener un plazo superior a 15 años ni inferior a 5.
Estará vigente hasta el 31 de diciembre del año 2030. O, en su defecto, hasta 15 años después de que se otorgue el último crédito garantizado bajo este mecanismo.
Además, se crea un Programa de Garantías de Recuperación Productiva Regional. Se destinará a empresas con ventas netas anuales entre 25 mil UF y un millón de UF y que realicen actividades económicas con una clara identificación regional o local. Se excluye a la región Metropolitana.
Con todo, el Fondo no podrá garantizar más del 80% del saldo deudor. Tampoco garantizará financiamientos que excedan el total de 250 mil UF. La garantía del Fondo no podrá tener un plazo superior a 12 años, sin perjuicio del plazo del financiamiento por el cual se otorgue.
En el Senado se precisó que los ministerios de Hacienda y de Economía deberán revisar, anualmente, si hay alguna región que requiera de una reactivación productiva. Para ello se considerarán factores como: empleo, ingresos e inversión o la ocurrencia de desastres naturales. Sobre la base de esto, se decidirá, fundadamente, si activan el programa para una o más regiones o mantienen las vigentes.
Finalmente, un último beneficio modifica la Ley 19.281, sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa. El/la interesado/a en postular al subsidio habitacional deberá focalizarse en viviendas económicas. También permite viviendas construidas con anterioridad a la vigencia del DFL 2, de 1959, que cumplan con los requisitos de vivienda económica.
Discusión

Participaron en el debate Juan Fuenzalida, Frank Sauerbaum, María Candelaria Acevedo, Jaime Naranjo, Carlos Bianchi, Hotuiti Teao, Cristián Araya, Arturo Barrios, Daniel Lilayu, Felipe Camaño, Luis Sánchez, Juan Carlos Beltrán, Danisa Astudillo, Fernando Bórquez y Marta Bravo.
En términos generales, quienes expusieron apoyaron la propuesta. La estimaron necesaria para resolver el stock de viviendas y fomentar la reactivación del sector inmobiliario. En especial, se valoró que pueda incentivarse la contratación de mano de obra y facilitar la adquisición de viviendas con condiciones más adecuadas.
Sin embargo, igualmente hubo algunas observaciones. Así, hubo quienes plantearon que se debería avanzar más en una franquicia tributaria para el sector inmobiliario y no a través de un subsidio.