
La inteligencia artificial (IA) nos ofrece un amplio abanico de potencialidades. Así, podemos distinguir desde la caricaturización de una fotografía imitando un comic de moda, hasta la creación de habitáculos seguros en el espacio exterior. Sin embargo, también son ciertos los riesgos que esta útil herramienta tecnológica trae consigo. De ahí, la necesidad de su regulación, ponderando ambas materias en una misma balanza.
La Comisión de Futuro de la Cámara de Diputadas y Diputados se abocó a dicha materia. Para ello, tomó como base una moción (boletín 15869) presentada en abril de 2023, por Tomás Lagomarsino y otros siete legisladores/as; y una propuesta del Ejecutivo (boletín 16821), ingresada a trámite el 7 de mayo de 2024.
Tras un extenso proceso de audiencias, el grupo parlamentario, que preside el diputado Eric Aedo, aprobó la idea de legislar el 28 de agosto de 2024. Luego, sobre la base de un contundente compendio de indicaciones, el texto se empezó a revisar en su detalle.
Dicho proceso tuvo su coronación el pasado 14 de mayo, cuando se concluyó con el informe final. Ahora, la posta pasó a la Comisión de Hacienda, que revisará los artículos de su competencia.
Objetivos y alcances del proyecto IA

El proyecto plantea un marco jurídico para regular los distintos usos de los sistemas de inteligencia artificial. En esta línea, se propone regular y promover el desarrollo, implementación y uso de la IA en Chile. Asimismo, se busca garantizar el respeto a los derechos fundamentales y principios democráticos.
Sus normas se aplicarán a proveedores, implementadores, importadores y distribuidores nacionales y extranjeros que operen o tengan impacto en Chile.
Excluye usos como defensa nacional e investigación previa a la comercialización. También, los componentes de código abierto no comercializados como productos de alto riesgo.
Entre sus principios rectores se pueden mencionar supervisión humana; la seguridad técnica y ciberseguridad; y la privacidad y protección de datos. Igualmente, se consideran la transparencia y trazabilidad; equidad social y de género; protección del medioambiente; y protección de los derechos de autor.
Los sistemas de IA se clasificarán según su riesgo:
- Riesgo inaceptable: Prohibidos (ej. manipulación subliminal, categorización con datos sensibles, reconocimiento facial indiscriminado).
- Alto riesgo: Requieren control estricto, gestión de riesgos, documentación técnica, supervisión humana, ciberseguridad y seguimiento posterior.
- Riesgo limitado: Requieren medidas básicas de transparencia y notificación al usuario.
- Sin riesgo evidente: Usos generales sin restricciones adicionales.
Gobernanza, innovación, fiscalización y sanciones

El proyecto establece un protocolo de reporte obligatorio ante fallas o daños causados por sistemas de inteligencia artificial. Además, crea un Consejo Asesor Técnico de IA, con representantes estatales, académicos, sociedad civil e industria.
También se contempla apoyo a la innovación. Para ello se habilitarán espacios controlados de prueba (“sandbox”) para testear sistemas de IA en condiciones seguras. Junto a esto, se promueve la participación de empresas de menor tamaño y se impulsan medidas de capacitación y acceso equitativo.
La iniciativa asigna a la Agencia de Protección de Datos Personales (APDP) la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento de la ley. Igualmente, estará habilitada para sancionar infracciones (leves, graves, gravísimas) con multas de hasta 20.000 UTM. Asimismo, podrá coordinarse con la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) en caso de amenazas a servicios esenciales.
Por otra parte, se contempla que cualquier persona afectada por el uso de IA puede demandar la cesación de daños. Del mismo modo, tendrá el derecho de solicitar indemnización y exigir la publicación de sentencias condenatorias.
Por último, entre otras normas, se determina que la entrada en vigencia de la ley sea a los 12 meses después de su publicación en el Diario Oficial.
Foto portada: original de Tara Winstead por pexels.