
La Comisión de Seguridad Ciudadana inició el estudio del proyecto de ley que fortalece la seguridad del transporte público subterráneo del Metro de Santiago (boletín 17.675).
Se trata de una moción que establece una serie de propuestas de cambio legal a la normativa de la empresa Metro S.A, con miras a robustecer las capacidades, atribuciones y herramientas del sistema de seguridad del “ferrocarril metropolitano”.
El proyecto contempla ampliar las atribuciones legales tanto de Carabineros como del personal de seguridad del servicio. Asimismo, instaurar un catálogo de faltas para usuarios y tipificar conductas que afecten gravemente la operación del Metro. En el mismo sentido, se pretende sancionar a quienes cometan desórdenes públicos en las estaciones y trenes de la empresa.
“Metro seguro”
A la instancia concurrió el diputado Leonardo Soto, autor del texto, quien expuso las amenazas que enfrenta hoy la red. Esto, en el contexto de la operación de mafias de comercio ilegal y hechos de violencia que afectan a los más de dos millones de pasajeros que utilizan a diario este servicio de trasnporte.
El parlamentario sostuvo que, “aunque la empresa ha adoptado medidas operativas, el respaldo legal resulta insuficiente”.
Por su parte, el diputado Jorge Alessandri, valoró la iniciativa y el respaldo transversal que concitó el texto denominado “Metro Seguro”. El legislador afirmó que el proyecto contribuirá a cuidar el Metro de Santiago; en particular ante situaciones de extrema violencia que no se enfrentaron adecuadamente en el pasado.
Transporte aéreo de pasajeros
Durante la última semana legislativa del mes de julio, la Comisión de Seguridad Ciudadana también aprobó y despachó a Sala el proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico para exigir a las empresas aéreas proporcionar información relativa a sus pasajeros a diversas autoridades (boletín 17.203).
La propuesta señala que, una vez finalizado el embarque de pasajeros, las citadas empresas que operen en el territorio nacional estarán obligadas a presentar a la Policía de Investigaciones, a Carabineros y al Ministerio Público, la información Anticipada de Pasajeros o API (Advance Passenger Information). Asimismo, el registro de nombres de pasajeros o PNR (Passenger Name Record) y los documentos que se soliciten, según sea el caso.
La iniciativa agrega que, sin perjuicio de la obligación de información, los transportes aéreos de pasajeros estarán siempre obligados a informar en cualquier momento y a requerimiento del Ministerio Público, las policías o al ministerio de Seguridad Pública, sobre la identificación, lugar de embarque y destino de cada uno de los pasajeros que transporta, transportará o hubiera transportado.