
La Comisión de Constitución de la Cámara inició esta semana la votación particular de la reforma al sistema político y electoral, iniciativa en segundo trámite.
El texto –originado en tres mociones refundidas de senadoras y senadores de diversos sectores políticos (boletines 17253, 16820 y 17298) exige a los partidos un porcentaje de votos a nivel nacional para que los candidatos a diputados puedan acceder a escaños parlamentarios. A su vez, sanciona con la pérdida del cargo al diputado o senador que renuncie al partido político que declaró su candidatura.
La norma, asimismo, busca recoger inquietudes planteadas en los dos procesos constituyentes en torno a los cambios necesarios en materia de representación política y participación de la ciudadanía. En esa línea, se plantea que la reforma al sistema electoral en 2015 produjo efectos no deseados como la fragmentación política al interior del Congreso, así como el aumento de parlamentarios electos con menos de un 5% de votos válidamente emitidos, entre otros.
En la primera sesión de votaciones, la instancia rechazó algunas indicaciones presentadas, mientras que otras fueron declaradas inadmisibles.
Al respecto, el presidente del grupo parlamentario, Jorge Alessandri, dijo que hubo una discusión lenta porque hay intereses creados. “Es difícil para los parlamentarios rebajarse los cupos o dificultar que partidos chicos elijan parlamentarios. Es difícil que quienes van a tener que lidiar con las reglas, modifiquen sus propias reglas”, sostuvo.
Pero, añadió, “vamos a continuar la votación, porque creemos que un parlamento menos fragmentado es mejor para Chile. Pero, en la comisión hay una composición donde hay partidos pequeños representados; se ve cuesta arriba, lo que no significa que en la Sala vaya a ser aprobado”, explicó.
Igualdad entre hombres y mujeres

Así, la votación comenzó con el rechazo de la indicación de las diputadas Lorena Fries y Javiera Morales, que proponía que el sistema electoral asegurará la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres en todas las etapas del proceso electoral.
Fries explicó que incluir este inciso al artículo 18 de la Constitución, buscaba ser habilitante para cambios a nivel legal. En tal sentido, consideró que el principio de igualdad no tiene que ser solo formal, sino que se debe llevar a la práctica para habilitar que las condiciones y oportunidades se traduzcan en todo el proceso electoral. A su vez, recordó que las cuotas de entrada implementadas con la reforma de 2015 acaban en esta elección y hay que buscar un mecanismo alternativo.
Javiera Morales, por su parte, planteó que, así como el proyecto busca el principio de igualdad entre independientes y partidos políticos, se debe intentar tal igualdad entre hombres y mujeres.
La ministra de la Secretaria General de la Presidencia, Macarena Lobos, subrayó que esto va en línea con lo impulsado por el gobierno a través del proyecto en trámite en el Senado (boletín 17.506).
No obstante, Luis Sánchez dijo que con este principio “se metería la mano a la urna”. Por ello, rechazó el tema, ya que no sólo tiene efectos jurídicos sino también culturales y sicológicos para las mujeres. Las posibilidades ya están abiertas, recalcó.
Camila Flores consideró que es un experimento que busca manipular la democracia representativa y torcer la voluntad popular. Agregó que la gente rechaza las imposiciones, como se demostró en los dos procesos constituyentes.
Para Marcos Ilabaca, este proyecto de reforma se hizo entre cuatro paredes en el Senado y el gobierno no lideró el proceso. A su juicio, es un error discutirlo en época electoral.
Reforma electoral a número de diputados
A su vez, se declaró inadmisible una indicación de la bancada republicana que buscaba reducir a 120 el número de diputadas y diputados.
También se rechazó la propuesta de los diputados Alessandri y Gustavo Benavente que proponía disminuir el número de diputados electos en distritos plurinominales, de los actuales 3 a 8 diputados, a 2 y 6 por cada distrito.
Finalmente, se rechazó parte del texto aprobado en el Senado, en lo referido a que el Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá actualizar, cada diez años, la asignación de los escaños de diputados entre los distritos establecidos; sin que esto pueda significar una modificación al número de diputados.