
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, aprobó y despachó al pleno de la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto que modifica la Ley de Tránsito para exigir a los buses interurbanos de pasajeros (boletines refundidos 17.427, 17.430 y 17.452).
Las tres iniciativas planteaban diferentes medidas para exigir a los buses de pasajeros, así como a vehículos de carga, contar con elementos de seguridad y sistemas de monitoreopúblico o privado, la incorporación de elementos de seguridad ante situaciones de emergencia. Al respecto, el subsecretario de Transportes, Jorge Daza, solicitó en sesión anterior un plazo para presentar una propuesta como Ejecutivo.
La indicación sustitutiva, finalmente, recoge las propuestas de diputadas y diputados. Así, dispone que los buses que presten servicios interurbanos de transporte público de pasajeros deberán:
- Tener conos de señalización vial retroreflectantes para ser utilizados en casos de emergencia.
- Contar con sistemas de luces de posicionamiento de largo alcance, destinadas a advertir su presencia a los demás conductores, especialmente en condiciones de baja visibilidad.
- Disponer de chalecos reflectantes para todos los pasajeros y tripulación.
- Incorporar un sistema de monitoreo, alerta de fatiga y somnolencia del conductor.
- Entregar a los pasajeros información sobre seguridad y procedimientos de emergencia antes de iniciar cada servicio.
Para este último punto, los buses que tengan sistemas de reproducción de imágenes deberán exhibir un video. De no ser así, disponer de una cartilla informativa u otro medio escrito con el mismo contenido en cada asiento.
El texto también dispone como infracción gravísima de tránsito no cumplir con estos equipamientos.
En cuanto a la vigencia, el proyecto establece un plazo de doce meses desde la publicación del reglamento para hacer exigible estas medidas.
Licencias profesionales

La comisión también aprobó, por unanimidad, un proyecto que modifica la ley de tránsito, para igualar los requisitos de renovación de licencias profesionales.
La iniciativa del diputado Carlos Bianchi -junto a Jaime Araya, Felipe Camaño, Carolina Marzán, Helia Molina, Emilia Nuyado, Raúl Soto, Cristián Tapia y Héctor Ulloa– busca que los conductores que poseen las llamadas licencias antiguas (emitidas antes del 8 de marzo de 1997) tengan las mismas normas que quienes obtienen licencias profesionales bajo el régimen vigente.
Esto porque, antes de la entrada en vigencia de la ley N° 19.495, existían dos tipos de licencias profesionales: la Clase A1 (para transporte de personas) y la Clase A2 (para transporte de carga). Con la mencionada reforma, se incorporaron las clases A1, A2 y A3 para el transporte de personas y A4 y A5 para el transporte de carga.
Hoy los titulares de las licencias antiguas deben renovarlas cada cuatro años, presentando no solo el examen de salud sino también los teóricos y prácticos. En cambio los conductores del régimen actual solo se someten al examen de salud. Esta sería una distinción arbitraria que afecta a conductores con más años de experiencia en la conducción profesional, afirmó el diputado Bianchi.
Por su parte, el subsecretario de Transportes, Jorge Daza, manifestó el apoyo del Ejecutivo al proyecto. Recordó que el país enfrenta un déficit importante de conductores profesionales, a nivel nacional.
Asimismo, destacó especialmente el segundo punto contenido en el proyecto. Esto es que la iniciativa incorpora a los poseedores de licencias antiguas A1 a la prohibición de renovar las mismas si tienen anotaciones en el registro de condenas por delitos de connotación sexual. En esta materia existe un vacío legal ya que no se consideró en la citada prohibición a los conductores con licencias obtenidas antes de 1997.