Comisión estudia proyecto que incluye beneficios tributarios para la clase media

Hacienda recibió la presentación del Ejecutivo en torno a este proyecto que presenta la deducción del gasto en arriendo, amplía el beneficio sobre Impuesto Territorial para más adultos mayores y entrega otros incentivos en educación y para las mipymes.

407

Con la presentación del Ejecutivo, la Comisión de Hacienda de la Cámara inició el análisis de un proyecto del Gobierno (boletín 17725) que introduce diversos beneficios de carácter tributario a la clase media que se compensarán a través de ajustes a otros factores impositivos.

Según explicaron los representantes del Ministerio de Hacienda, el porcentaje de personas de clase media en Chile que arriendan su vivienda es del orden del 24%. De ahí que el primer beneficio contemplado en este marco legal viene a equipar la situación de app. 900 mil contribuyentes con aquellos que adquieren una vivienda mediante crédito hipotecario.

Así, se permitirá a las personas que arriendan una vivienda deducir este gasto del pago de sus impuestos personales. Este beneficio tributario tendrá el mismo tope del de los créditos hipotecarios. Es decir, un límite anual de 8 UTA ($6.590.112), equivalente aproximado de un arriendo mensual de $ 550.000.

Será decreciente según el nivel de rentas: completo para personas con ingresos anuales de hasta 90 UTA ($ 74.138.760), disminuyendo proporcionalmente. No se podrá utilizar en personas con ingresos anuales superiores a 150 UTA ($123.564.600).

Otra ayuda apunta al gasto por educación. Actualmente, la norma obliga a sumar los ingresos de los progenitores para determinar si acceden o no al beneficio tributario respectico. Esto, aun cuando pueda ocurrir que este gasto solo sea asumido por la madre o padre que tiene el cuidado personal del menor.

Para corregir esta deficiencia se establece que cuando el cuidado personal de un menor se encuentre solo en uno de los progenitores, será éste quien podrá acceder al beneficio. En este caso se deben considerar exclusivamente sus ingresos personales.

Beneficio tributario sobre el Impuesto Territorial

Conforme a la presentación, 1.144.354 adultos mayores tienen inmuebles exentos del pago del Impuesto Territorial. Además, otros 189.644 acceden al beneficio tributario que implica una rebaja del 50% o 100% en el pago de contribuciones. Esto se determina según la situación socioeconómica de las personas.

El presente proyecto perfecciona el mecanismo para evitar que el incremento del avalúo de los inmuebles los expulse del beneficio. El sistema operará así:   

  • Cuando la persona se encuentre en el tramo exento de ingresos, pero el avalúo de su inmueble sea mayor al límite legal, el monto de la contribución será el equivalente al 5% de sus ingresos.
  • Si la persona se encuentra en el segundo tramo de ingresos, el monto del impuesto a pagar será el valor inferior entre el 50% de la contribución determinada según la ley y el 5% de sus ingresos.

Con esta propuesta se beneficiarán entre 80.000 y 120.000 adultos mayores.

Perfeccionamiento del régimen para mipymes

Esta iniciativa también contempla una mejora sustancial de los regímenes disponibles para las micro, pequeñas y medianas empresas. Se trata de un nuevo ecosistema llamado “Ruta del Emprendimiento”. En este marco se crean regímenes iniciales transitorios con beneficios en impuesto a la renta e IVA. Estos permiten entregar beneficios tributarios por los primeros cinco años de funcionamiento de una empresa.

Además, se define un régimen tributario especial permanente llamado “monotributo social”. Permitirá a los microemprendimientos formalizar sus actividades y acceder a beneficios sociales. Junto a esto, se reformula el régimen transparente para permitir que sea el régimen más beneficioso para las empresas. De este modo, quedarán liberadas del impuesto de primera categoría (IDPC).

Asimismo, se establece una nueva tasa de IDPC para las empresas que deseen permanecer en régimen integrado combinando que sea una tasa más baja que la tasa general, pero sin crear desincentivos al crecimiento o abrir espacios a la elusión y evasión.

Compensaciones

A modo de compensación, el proyecto modifica las tasas progresivas de los últimos dos tramos de impuestos personales. Aplica para personas sujetas a impuesto único de segunda categoría (trabajo dependiente) y global complementario. Así, las rentas anuales entre 120 y 150 UTA ($ 98.851.680 – $ 123.564.600 al año), pasarán de una tasa marginal de 35% a 38%.

Aquellas rentas de más de 150 UTA quedarán sujetas a una tasa marginal de 40%. Esta modificación solo restablece el tramo de impuestos existente con anterioridad al año 2014.

Estas modificaciones implican que un incremento de impuestos a un número acotado de contribuyentes: 0,9%, que corresponden a unos 77.265 contribuyentes.

De igual modo, se incorporan limitaciones a la exención de IDPC que actualmente tienen los Fondos de Inversión. Paralelamente, se acotan las exenciones en materia de impuesto a la herencia y donaciones.

Finalmente, se determina una mayor contribución de las comunas de Las Condes y Lo Barnechea al Fondo Común Municipal. Esto, dada su mayor recaudación del impuesto territorial.

Cuentas nacionales

En la oportunidad, la comisión también recibió una evaluación del exministro de Hacienda, Mario Marcel, del informe de las “Cuentas Nacionales”, elaborado por el Banco Central. Este documento constituye la medición oficial de la actividad económica en Chile.

Comentó que, al segundo trimestre (2T) de 2025, las cuentas muestran un crecimiento económico que, desde distintas perspectivas, se aproxima al 3%. Resaltó que esto no es producto de un mes o un sector particular, sino que representa un fenómeno más estable y generalizado.

Acotó que el crecimiento en el 2T estuvo liderado por la inversión y las exportaciones. Esto reproduce la relación que primó en las etapas de mayor crecimiento del país. El consumo privado también se aceleró respecto del primer trimestre.

Anticipó que, para la segunda mitad del año, se pueden esperar cifras consistentes con un crecimiento anual de 2,5% o algo levemente superior.