
La Comisión de Gobierno Interior comenzó la votación en particular de la iniciativa que modifica la Ley N° 18.695, orgánica constitucional de municipalidades (boletín 17615). Su objetivo es incorporar mecanismos de control del comercio informal.
La idea es otorgar más herramientas a los municipios para combatir el comercio ambulante. Entre estas, permitir el decomiso de los productos que se venden de forma ilegal en los espacios públicos y fortalecer su recuperación. Especialmente, se apunta a aquellos lugares afectados por el desarrollo del comercio informal.
De igual forma, fortalecer la fiscalización de los y fijar como obligación informar en la Cuenta Pública de los alcaldes el número de permisos que se otorgan anualmente.
Control de comercio informal
La instancia avanzó con la votación y aprobación de diversas indicaciones y artículos del proyecto.
Así, las y los legisladores respaldaron otorgar a las municipalidades la facultad de adoptar, dentro del ámbito de sus competencias, acciones y medidas orientadas a la recuperación de espacios públicos afectados por el desarrollo de comercio ambulante o estacionado.
Asimismo, que para el cumplimiento de sus funciones, las municipalidades tendrán las atribuciones de decomisar, sin necesidad de condena previa, todos los objetos y productos provenientes del comercio informal que se comercialicen en espacios públicos. Esto con el objeto de ordenar su destrucción en el más breve plazo posible, de acuerdo a la ordenanza local.
Los municipios también deberán ordenar el retiro de vehículos motorizados destinados al comercio en espacios públicos que no cuenten con la debida autorización. Igualmente, carros de arrastre utilizados para la venta de alimentos u otras actividades o aquellos que no cuenten con su respectiva placa patente y permiso.
Los vehículos podrán ser vendidos en subasta pública y disponer la destrucción de los carros que no mantengan placa patente vigente.
En cuanto a las atribuciones de los alcaldes, el grupo parlamentario visó entregarles la atribución de otorgar, renovar y fiscalizar el adecuado ejercicio de permisos municipales. En ese sentido, incluye la opción de poner término a los permisos cuando sobreviniera alguna situación imputable al dueño de este, que modifique las condiciones de otorgamiento y mantención.
Por último, se aprobó la obligación de los alcaldes de dar cuenta pública del número de permisos otorgados para comercio ambulante y las acciones realizadas durante el año para la recuperación de los espacios públicos y la disminución del comercio que no cumpla con la normativa vigente.