
Tras varias semanas de debate, la Comisión de Constitución despachó en su sesión del martes 9 de septiembre el proyecto que modifica el sistema político y electoral (boletines refundidos 17.253, 16.820 y 17.298). La norma, proveniente del Senado, establece diversas medidas referidas al cese en el cargo de las y los legisladores y fija umbrales de votos para que los candidatos a diputados puedan acceder a escaños parlamentarios.
La instancia respaldó la propuesta que establece que cesará en su cargo el parlamentario que renuncie al partido político que declaró su candidatura. Asimismo, el parlamentario independiente que electo como asociado a un partido político, se afilie a otro distinto del de su candidatura. La propuesta también dispone que cesarán en el cargo quienes renuncien al Comité Parlamentario que integran.
Del mismo modo, no podrán jurar o prometer como diputados o senadores quienes, previo a su investidura, renuncien al partido político de su candidatura. La misma causal aplicará a los independientes apoyados por un partido, pero que se afilien a otro.
Sin embargo, la norma establece que este cese no ocurrirá si la renuncia está fundamentada en un cambio sustantivo de la declaración de principios del partido político.
Umbral de votos
En sesiones anteriores, la comisión aprobó una indicación para modificar el artículo transitorio referido a la entrada en vigencia de la propuesta normativa. En dicho sentido, esta señala que entrará en vigencia con posterioridad a las elecciones parlamentarias de noviembre de este año (ver detalle del debate).
Esto porque la reforma al sistema político y electoral establece que sólo los partidos que alcancen el 5% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional tendrán derecho a participar en la atribución de escaños en el Congreso. Pero, para esta próxima elección, el Senado propuso como medida transitoria un umbral de 4% o escaños suficientes para sumar como mínimo cuatro parlamentarios, entre los eventualmente electos y los senadores que continúan en ejercicio. Asimismo, permitía para esta elección parlamentaria la fusión de partidos políticos que concurrieron a la elección en una misma lista o pacto electoral.
Al respecto, las y los diputados argumentaron que esta norma afecta el actual proceso ya que las candidaturas ya se presentaron y validaron, de acuerdo a la norma vigente. Por lo tanto, no corresponde modificar las reglas en un proceso electoral en desarrollo.
Multa por no votar
Durante la última sesión, la Comisión rechazó una indicación presentada por parlamentarios de la UDI que pretendía establecer en este proyecto una sanción por no votar. Esta señalaba que, mientras no se dicte la ley orgánica sobre esta materia, el ciudadano que no vote tendrá una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 UTM ($34.600 a $207.700 aprox.).
Y, agregaba las excepciones como estar fuera del país o a más de 200 km. del lugar de votación u otras causas debidamente acreditadas.
Sin embargo, parlamentarios oficialistas cuestionaron la indicación por estar fuera de la idea matriz del proyecto. Además, que esta entorpece el acuerdo alcanzado en el Senado para aprobar el proyecto que sanciona el incumplimiento de la obligación de sufragar. En dicho acuerdo, la multa quedó fijada en 0,5 a 1,5 UTM; es decir, entre $34.600 a $103.900.
Por su parte, quienes defendieron la indicación argumentaron que el proyecto en trámite es una reforma al sistema político y electoral. Es decir, señalan, incluye los procesos eleccionarios y, por lo tanto, el voto. Pese a esto, la propuesta no alcanzó los votos necesarios para su aprobación.