
Con un nuevo conjunto de herramientas contará el transporte público subterráneo del Metro de Santiago a través de un proyecto (boletín 17675) aprobado por la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara para combatir, por ejemplo, el creciente comercio ilegal que se desarrolla en las instalaciones y carros.
En la presente sesión, el grupo parlamentario se abocó a las últimas indicaciones presentadas por el Ejecutivo. Una de ellas entrega, al personal contratado por Metro S.A. que realice labores de seguridad privada en sus instalaciones y trenes, la facultad de denunciar al juzgado de policía local competente, o a la entidad que corresponda, a quienes cometan alguna de las siguientes conductas:
- Ejercer el comercio ambulante sin la autorización respectiva de Metro S.A.
- Alterar gravemente la normal convivencia mediante la utilización de parlantes u otros dispositivos sonoros de amplificación. Esto cuando se desarrollen sin autorización.
- Acceder a los servicios utilizando un pase escolar, de educación superior u otro instrumento con beneficios sin ser su titular. También cuando se les altere con el fin de aparentar la titularidad.
- Usar los servicios de transporte público remunerado de pasajeros sin pagar la tarifa respectiva.
- Efectuar transporte de carga sin la autorización de Metro S.A. en sus instalaciones y trenes.
Asimismo, el personal podrá obligar a dichas personas a abandonar de inmediato las instalaciones de Metro S.A. De igual modo, deberá advertir la procedencia de la denuncia respectiva.
Otras medidas consideradas
Las conductas señaladas se considerarán como infracción grave. Ante la constatación de cualquiera de dichas infracciones por Carabineros, por inspectores fiscales o por el personal de seguridad del Metro, estos deberán remitir los antecedentes al juzgado de policía local competente, o a la entidad que corresponda. Se acompañará con todos los antecedentes, instrumentos, efectos y pruebas que obren en su poder. La idea es permitir la individualización de los responsables del hecho.
Para efectos de proceder con la denuncia, se podrá requerir la exhibición de documentos que acrediten la identidad.
El personal deberá exhibir la identificación correspondiente, respetar siempre la igualdad de trato y la no discriminación arbitraria. Además, para ejercer las facultades indicadas, se les exigirá la debida capacitación.
El texto también faculta a Metro a deducir querella respecto del delito de perturbar el normal funcionamiento del servicio o libre circulación de pasajeros.
Finalmente, se fija el plazo para la capacitación del personal de Metro y su debida autorización de acuerdo a la ley N° 21.659, sobre Seguridad Privada. La empresa deberá verificar previo a la prestación de servicios, sea que lo contrate directamente o que lo subcontrate por una empresa de seguridad, el cumplimiento de la capacitación obligatoria.
Autorización al personal del Metro para retener
En la sesión también se aprobó una indicación presentada por el diputado Leonardo Soto. El objetivo de la norma es facultar al personal de seguridad privada del Metro a retener a las personas infractoras que se nieguen a identificarse por algún medio fehaciente. La idea es que, al llegar Carabineros, estos puedan realizar el control de identidad respectivo.
La propuesta generó un extenso debate al interior de la comisión. En particular, las diputadas Maite Orsini y Alejandra Placencia, junto al diputado Jaime Araya, impugnaron la idea de entregar esta facultad a guardias privados. Según plantearon, ni Carabineros tiene facultad para retener a las personas por faltas administrativas.
Así, reclamaron que se estaba transgrediendo un principio constitucional y pidieron optar por otras vías. Por ejemplo, propusieron avanzar en un reconocimiento biométrico que permita identificar a los infractores e impedirles su ingreso a las instalaciones del Metro.
Leonardo Soto defendió la enmienda y sostuvo que es fundamental para dar viabilidad a las facultades entregadas por el proyecto de ley. Consideró que, sin la posibilidad de retener por un tiempo acotado y solo para efectos de un control efectuado por Carabineros, el proyecto será letra muerta.
En el debate, Raúl Leiva, Diego Schalper, Andrés Jouannet, Gloria Naveillan y Jorge Alessandri defendieron la postura de Soto. En general, estimaron que el Metro necesita mayores medidas de seguridad y garantías que las haga cumplir.
La norma, en primer lugar, se declaró como admisible. Luego, se aprobó por ocho votos a favor y cuatro en contra.
Tras la aprobación, la diputada Maite Orsini presentó reserva de constitucionalidad, argumentando que la Carta Fundamental es clara en la materia. “Establece que ninguna persona puede ser detenida o arrestada sin una orden judicial salvo en caso de delito flagrante. Acá no son delitos, son faltas administrativas”, sentenció.