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Analizan cómo implementar el control de consumo de drogas aplicable a diputadas y diputados

La Comisión de Constitución inició el proceso para habilitar la realización de test de drogas obligatorios, aleatorios y semestrales a las y los legisladores, al igual como se realizan a las altas autoridades de la administración del Estado. Para ello, la secretaría general de la Cámara presentará una propuesta de adecuación reglamentaria, que podría ser votada el martes.  

La Comisión de Constitución comenzó el estudio de un proyecto de reforma al Reglamento para establecer el control del consumo de drogas a diputadas y diputados (boletín 14784).

La medida, propuesta por diputados y exdiputados UDI, quedó consagrada en la Ley de Presupuesto de 2022, con una glosa especial destinada para ello. Solo faltaría materializar el mecanismo para su realización.

Así lo explicó el diputado Juan Antonio Coloma (UDI), principal autor de la iniciativa. Indicó que los plazos corren y que se propone la realización de dos test en el segundo semestre.

Agregó que se plantea un mecanismo para el proceso de selección para la realización de exámenes a cargo de la Comisión de Régimen Interno. También determinaría qué ocurre en caso de existir un resultado positivo o, por ejemplo, en temas de las votaciones o conflicto de interés. Igualmente, fijaría las sanciones en caso de quienes se nieguen al sorteo.

Visión de la secretaría

El secretario general de la Cámara, Miguel Landeros, dijo que aplicar la medida es “un paso en el sentido correcto”. Pero estimó que ello debiera quedar establecido en una norma permanente y no en una transitoria, como la Ley de Presupuestos.

Añadió que la realización de los test no implica altos costos y debiera ser extensivo a altos cargos de responsabilidad de la Corporación.

Al respecto, propuso que el cambio reglamentario se equipare al Decreto Supremo 1215, de 2006, que regula la prevención del consumo de drogas en los órganos del Estado y que rige a autoridades de la administración del Estado. Para ello, trabajarán una propuesta para la próxima semana.

Landeros consideró que, más allá de la falta o delito, si la persona presenta una dependencia a las drogas, se debe tratar como una enfermedad.

Opiniones

El diputado Raúl Leiva (PS) indicó que está de acuerdo en equiparar el procedimiento a lo ya establecido en el DS 1215. Pero señaló que se deben establecer las sanciones para los diputados sorteados que no se realicen el test.

Igualmente, propuso poner énfasis en el resguardo y la reserva de la intimidad de las y los diputados, de acuerdo a la Ley de protección de los datos personales. Y, en caso de existir consumo de sustancias no medicadas, planteó que se trata como “una enfermedad”, que “debe estar revestida de privacidad y anonimato”.

El legislador Gonzalo Winter (PCS) planteó que está complicada la norma y no se hace cargo de lo que se propone, que es prevenir el consumo de drogas.

Consideró que los exámenes muestran el consumo y no dependencia. Además, criticó que se entregue a la Comisión de Régimen Interno el determinar si se está frente a uno u otro evento. Es decir, a la instancia más política se le entrega el aspecto técnico.

Finalmente, cuestionó el argumento de que se legislaría mal, por ejemplo, al estar bajo los efectos de la marihuana, lo que le parece arbitrario. En tal plano, dijo que una persona que toma vino o que mal utiliza medicamentos siquiátricos o duerme mal, también podría tener un mal desempeño.

La parlamentaria Camila Flores (RN) manifestó su desacuerdo con el diputado Winter. Cuestionó cuál es la evidencia científica que tiene para señalar que una persona que duerme poco legisla peor que una persona que consume drogas.

A su juicio, las y los legisladores no pueden estar exentos a lo que se aplica al resto de funcionarios del Estado. “Tenemos que dar el ejemplo de que no tenemos conflictos de interés respecto a la persecución del crimen organizado y el narcotráfico”, recalcó.

Por otra parte, manifestó que es extraño que se obligue solo a las y los diputados, y no a las y los senadores.

Protección de datos personales

En un segundo punto, la Comisión comenzó la votación particular del proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (boletines refundidos 11144 y 11092).

En la oportunidad, se aprobó modificar la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada, para cambiar su nombre por protección de los datos personales. También se aprobó reemplazar el artículo 1 de la normativa sobre el objeto y aplicación de la ley.

Se define, así, que regulará la forma y condiciones en la cual se efectúa el tratamiento y protección de los datos personales de las personas naturales. Esto, en conformidad al artículo 19, N° 4 de la Constitución Política.

Además, establece que todo tratamiento de datos personales que realice una persona natural o jurídica, incluidos los órganos públicos, debe respetar los derechos y libertades de las personas.

El régimen de protección de datos no se aplicará al tratamiento de datos que se realice en el ejercicio de las libertades de emitir opinión y de informar. Los medios de comunicación social quedarán sujetos a esta ley, en el tratamiento de datos con una finalidad distinta.

Tampoco será aplicable al tratamiento de datos que efectúen las personas naturales en relación con sus actividades personales.