Rechazan Acusación contra delegado Gonzalo Durán

Desde su defensa se recalcó que no existe norma constitucional apelable directamente en este caso. Asimismo, que en relación al evento deportivo se cumplieron todos los requisitos legales. Por ende, la acusación carecía de sustento jurídico y fáctico.

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Sesión acusación contra delegado presidencial

Por 63 votos a favor, 63 en contra y 14 abstenciones, la Sala rechazó la procedencia de la Acusación Constitucional presentada en contra del delegado de la Región Metropolitana, Gonzalo Durán, por los hechos ocurridos en el partido de fútbol por Copa Libertadores, entre Colo-Colo y Fortaleza, en el Estadio Monumental de la ciudad de Santiago.

El libelo fue presentado por 11 diputadas y diputados que acusaban a Durán de infringir la Constitución al no cumplir con sus obligaciones para el resguardo del orden público.

En la sesión, luego que el delegado señalara que no deduciría la cuestión previa se pasó directamente al fondo de la acusación. Para esto, tomó la palabra el diputado Juan Fuenzalida, quien presidió la comisión que analizó el libelo.

En su argumentación, señaló que el delegado, como representante del Presidente de la República en la región, debe velar por la tranquilidad y protección de las personas y bienes. Así como, instruir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su competencia, a través del seremi de Seguridad Pública. Sin embargo, la autoridad regional no realizó “lo mínimo exigible” para resguardar el orden público en proporción al riesgo.

Además, se suma la decisión de no suspender el partido luego de la tragedia, poniendo en riesgo la integridad de asistentes y jugadores. A su juicio, todo esto demostró una conducta negligente con infracción a la Constitución.

En su exposición, el parlamentario detalló cinco conductas y omisiones de la autoridad que justificarían la procedencia del libelo: la tardanza injustificada en la resolución que autorizaba el encuentro; la ausencia de medidas adicionales para contener las denominadas “avalanchas humanas”; la desproporción entre la cantidad de guardias de seguridad exigidos en relación con el número de asistentes, que el delegado no efectuó ninguna denuncia tras los hechos acontecidos y su decisión de no suspender el partido.

Defensa de Gonzalo Durán

En representación del delegado de la Región Metropolitana expuso su abogado, Francisco Cox. En su línea argumental sostuvo que la acusación constitucional y el informe de la comisión revisora carecen de sustento jurídico y fáctico.

Sostuvo que en ellos se elude la referencia constitucional que daría sustento a esta acusación. Así, se omite la mención del cambio legal que resta a los delegados presidenciales de competencias en materia de orden público. Ellas, remarcó, a contar del 1 de abril, pasaron al nuevo Ministerio de Seguridad Pública. Los hechos en cuestión son del 10 de abril, cuando el cambio normativo ya estaba vigente.

En tal perspectiva, no existiría norma constitucional apelable directamente en este caso, que es lo que exige la formalidad de una acusación en contra de un delegado presidencial.

Dijo que tampoco hay fundamentos fácticos. Junto con relatar la secuencialidad de hechos, recalcó que hubo organización, coordinación y monitoreo de redes, haciéndose cargo de los riesgos, como las avalanchas humanas. “Aquí se cumplieron con todos los requisitos legales. Es decir, tampoco, desde un punto de vista fáctico, esta acusación constitucional tiene sustento”.

Respecto de la suspensión, aclaró que dicha facultad solo puede ser ejercida en tanto se cumplan requisitos previos copulativos. Esto exige la rendición de un informe previo de parte de Carabineros que, al momento del accidente, no llegó. De ahí, planteó, ordenar la suspensión de forma previa habría sido incurrir en una falta legal. Además, era preciso que la Fiscalía contase con las condiciones para evaluar el caso de los fallecidos y la toma de datos respectivos.

Por último, entre otras apreciaciones, Cox desestimó que el delegado no presentara querella en el caso. Dicha facultad, confirmó, está radicada en el Ministerio de Seguridad Pública. Además, criticó que es un punto que no estaba contenida en los fundamentos de la acusación presentada.

Fundamentación de votos

Además de la exposición del diputado Juan Fuenzalida, desde las distintas bancadas se fundamentó el voto a favor o en contra de la procedencia de la Acusación.

De este modo, en contra del libelo expusieron los diputados Andrés Giordano, Cristián Tapia, Juan Santana y la diputada Alejandra Placencia. Señalaron que es claro que no hubo infracción de la Constitución ya que el delegado actuó según lo que la ley le exige. También destacaron el respaldo que el delegado ha tenido de alcaldes de la Región Metropolitana, incluso de partidos de la oposición, quienes han destacado el trabajo de Durán.

Se reconoció, asimismo, que hay una crisis de seguridad y violencia en los estadios, y que lo ocurrido en el Estadio Monumental debe servir como ejemplo para asumir la tarea de seguridad, desde los clubes, la ANFP y las autoridades.

Desde las bancadas promotoras de la acusación intervinieron Gastón Von Mühlenbrock, Agustín Romero, Francisco Undurraga, Felipe Donoso y Cristián Araya.

En sus argumentos reiteraron sus críticas a la decisión de no suspender el partido tras los incidentes en que resultaron fallecidas dos personas. Remarcaron que esta era una decisión que debía adoptar el delegado presidencial y que su omisión en ello supuso no cumplir con sus responsabilidades.

A su vez, se reiteró la crítica por la autorización “el mismo día” del partido, sin contar con una directiva de funcionamiento válida.

Por último, se planteó que el cargo de delegado presidencial no es honorífico y que frente a eventos de esta naturaleza y las alertas previas que existían de posibles desmanes, debieron tomarse las medidas necesarias.