Moción busca reconocimiento a celebración cultural de Rapa Nui

La Comisión de Cultura apoyó por unanimidad el proyecto que rescata la identidad y difusión de la tradición de Rapa Nui.

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Rapa Nui

La Comisión de Cultura escuchó la exposición del diputado Hotuiti Teao, autor del proyecto de ley que pide establecer el 17 de julio de cada año como Día de Conmemoración de la llegada del Rey Hotu Matu´a a Rapa Nui (boletín 16.656). El texto se aprobó por unanimidad y despachó a la Sala de Sesiones.

El legislador explicó que desde hace años se ha desarrollado un evento cultural para conmemorar la llegada de Hotu Matu’a a Rapa Nui, que atrae a turistas y locales. Este se celebra en la playa de Anakena, recreando la llegada del rey en una embarcación, acompañada de música, bailes y gastronomía tradicional.

Añadió que esta celebración es una oportunidad para conectar con el legado ancestral de la isla y ejercer un rol preponderante en la difusión de nuestras raíces para Chile y el mundo. (Presentación)

El diputado Teao relató que la tradición oral respecto al origen del pueblo Rapa Nui cuenta que el rey Hotu Matu’a llegó a la isla, posiblemente desde las Islas Marquesas, junto a su esposa Vakai (embarazada de su primogénito Tu’u Maheke), su hermana Avareipua y unos cien hombres que desembarcaron en la playa de Hanga Rau (Anakena).

Desde entonces la isla tomó el nombre de Te pito o te henua, que significa “ombligo del mundo”.

En apoyo a la iniciativa, los integrantes de la comisión destacaron que este tipo de proyectos buscan rescatar costumbres e identidades regionales y, como en este caso, reforzar la identidad de un pueblo originario.

Inapi

En otra materia, la comisión recibió al director del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), Esteban Figueroa Nágel, quien expuso el procedimiento de inscripción de marcas en nuestro país.

Sobre el punto, aclaró que existen dos áreas principales: Los derechos de autor y los de propiedad industrial. El primer caso regulado en la Ley N° 17336, que dispone el depósito de la obra en el departamento de derechos intelectuales del Ministerio de las Culturas. La segunda vertiente, regulada en la Ley N° 19039, sí requiere realizar un registro en el Instituto (Inapi).

Estos registros corresponden a patentes de invención, marcas comerciales, diseños industriales, denominaciones de origen y las indicaciones geográficas.

En particular, en el caso de las marcas comerciales, Figueroa expuso que hoy en un 99% se inician a través de una solicitud en línea. Tras un examen de fondo se evalúa que la solicitud no induzca a error respecto del origen empresarial. Añadió que durante el proceso existe espacio para la oposición de terceros o incluso tras su registro que puedan recurrir de nulidad por un tiempo de 5 años. No obstante, si se apela a la mala fe en el registro, no existe plazo de prescripción para pedir la nulidad de este. (Presentación)

Acción pública

En las consultas de las y los diputados, se consultó por la piratería. Además, sobre la protección de elementos culturales de los pueblos originarios, que son utilizados en la creación de marcas.

Al respecto, el director explicó que el Inapi no tiene facultades directas en materia de observancia (piratería), pero sí trabajan en coordinación con la PDI o Aduanas. Asimismo, con la Corporación de la Producción y el Comercio, CPC, a través del Observatorio de comercio ilícito. Este ha propuesto avanzar hacia la acción penal pública (como existe en la Ley de derechos de autor), ya que en materia de propiedad industrial solo puede ser iniciada por el particular.

Sobre el segundo tema comunicó que cada vez se ha avanzado en mayor celo en la materia y que están trabajando en una directriz que será pública sobre este tipo de solicitudes.