
La Comisión de Mujeres y Equidad de Género aprobó en particular un proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código Penal . Su objetivo es ampliar las hipótesis del delito de grooming (boletín 17.534).
Según el Ministerio Público, el grooming se refiere a situaciones de abuso sexual en que personas adultas utilizan medios digitales —como chats o cámaras web— para contactar y manipular a niños, niñas o adolescentes con fines sexuales.
El proyecto, que actualmente sigue su tramitación en la Comisión de Constitución, establece sanciones de presidio menor en su grado máximo (de 3 años y 1 día a 5 años) para quien induzca a una persona bajo 14 años a enviar, entregar, exhibir, mantener una o más conversaciones de carácter sexual, o a establecer contacto por cualquier medio con el fin de cometer delitos contra su indemnidad sexual.
Delito de Grooming
El proyecto sostiene que el avance tecnológico ha traído beneficios importantes. Sin embargo, ha incrementado los riesgos para niños, niñas y adolescentes, especialmente en el uso de redes sociales. Uno de los principales peligros es el grooming, que consiste en contactar a menores con fines sexuales.
Las estadísticas reflejan la gravedad de la situación: el 25% de adolescentes de 16 años ha sido contactado con fines sexuales a través de internet. Las niñas y adolescentes mujeres son las más afectadas, lo que evidencia la necesidad de abordar esta problemática con perspectiva de género, tal como lo establece la Ley 21.675.
Reacciones
La promotora de la moción, diputada Ana María Bravo, dijo estar muy contenta con la aprobación de este proyecto. La legisladora destacó que se amplíe el delito de grooming para incluir conversaciones de carácter sexual entre adultos y personas menores de 14 años.
Subrayó que el texto legal permite abordar una etapa previa a la entrega de imágenes o contenido sexual. A su juicio, este punto fortalece la protección de la infancia y la adolescencia.
Resaltó que durante la tramitación se incorporaron observaciones técnicas sugeridas por diversas entidades. De esta manera, se cambió el término ‘sexualizado’ por ‘de carácter sexual’ y se amplió la aplicación del delito a cualquier tipo de contacto, no solo a través de medios digitales.
Agregó que el proyecto pasa a la Comisión de Constitución y espera “que el Ejecutivo le otorgue patrocinio para avanzar con urgencia. Como autoridades tenemos el deber de anticiparnos y prevenir situaciones que puedan dañar a nuestros niños, niñas y adolescentes”.
La diputada Natalia Romero, por su parte, planteó que el acceso a plataformas digitales es prácticamente universal entre niños y niñas, por lo que protegerlos frente a situaciones de riesgo es precisamente lo que se busca.
Al respecto, planteó que “si no avanzamos con rapidez en su tramitación, quienes siguen estando expuestos son ellos. Por eso, esperamos que en la próxima comisión (Constitución) el proyecto tenga una buena acogida y continúe su avance legislativo”, afirmó.
Finalizó puntualizando que los niños no siempre comparten estas experiencias con sus padres y, al tratarse de interacciones virtuales, suelen pasar desapercibidas. “Esto provoca que el daño se detecte tarde, cuando ya ha avanzado demasiado”, agregó.