Nueva agravante y trazabilidad de las patentes aprobó la Sala esta semana

Además, la Cámara aprobó proyectos relativos a permisos de circulación, medioambiente y para generar una nueva medida de presión para el pago de pensiones de alimentos.

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Dos proyectos relacionados al ámbito de la seguridad pública aprobó la Sala de la Cámara en la presente semana de septiembre. Ambos se derivaron a segundo trámite.

El lunes 8, se apoyó un texto (boletín 12096) que modifica el Código Penal. Su objetivo es establecer como circunstancia agravante de la responsabilidad penal, el hecho de cometer delito en zonas rurales.

La norma incorpora la referida agravante especial con el objeto de sancionar los ilícitos registrados en estos lugares. Para esto, se considera que existe, por parte del agresor, un aprovechamiento de la distancia que separa a su víctima, del auxilio de la fuerza pública.

La iniciativa apunta directamente a los delitos contra las personas o la propiedad.

El día 9, la Sala dio su apoyo unánime a la iniciativa (boletín 17387) que dispone la inscripción provisoria de vehículos motorizados importados al país. Asimismo, se regulan los plazos de la cancelación de la inscripción definitiva y placa patente en caso de pérdida total.

Se busca fortalecer la trazabilidad y seguridad del Registro de Vehículos Motorizados. Para esto se definen obligaciones de información de los importadores, propietarios y aseguradoras al Servicio de Registro Civil e Identificación.

Entre sus normas, se dispone que, tras la importación de vehículos motorizados, tanto las personas naturales como jurídicas deberán informar al Registro Civil los datos respectivos. Para esto se dispone de un plazo que no podrá ser superior a 15 días, desde el ingreso al país.

A tercer trámite

La Sala de la Cámara aprobó el proyecto que busca proteger y preservar las rompientes marítimas aptas para la práctica deportiva (boletín 12159). Se despachó a tercer trámite, al Senado.

La iniciativa busca la identificación, protección, preservación y registro de las rompientes de las olas como el espacio natural apto para la práctica de los deportes que implican cualquier modalidad para surcar olas. En este marco, se aplicará el régimen jurídico que señala que son bienes nacionales de uso público aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda y su uso pertenece a todos sus habitantes.

Asimismo, se establece que el Ministerio del Deporte, a través del IND, coordinados con Directemar, los gobiernos regionales, las municipalidades y las organizaciones deportivas relacionadas, podrán propiciar y desarrollar estudios y programas de identificación e investigación relacionados con la necesidad de conservación de las rompientes de las olas aptas para la práctica deportiva.

Aprobados en general por la Sala

La Cámara también respaldó en general tres proyectos, los cuales volvieron a sus comisiones técnicas respectivas para un segundo informe.

La primera de las propuestas exige la emisión de un permiso único de circulación estandarizado en todas las comunas del país (boletín 17234). El citado permiso se concretará de acuerdo a especificaciones técnicas que establecerá el respectivo reglamento.

Particularmente, el texto propone especificaciones, tanto en el formato físico, con métodos de verificación de autenticidad, como en formato digital.

La segunda iniciativa (boletín 16487) modifica la Ley 20.920. Este marco refiere a la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Específicamente, el texto aprobado prohíbe, por cuatro años, la importación de plásticos destinados a la elaboración de productos de un solo uso. Su objetivo es reducir el ingreso masivo de insumos altamente contaminantes y avanzar en la disminución de residuos de corta vida útil en el país.

En lo medular, restringe la importación de plástico peletizado y polietileno de baja y alta densidad. La prohibición comenzaría a regir al año siguiente de su publicación. De este modo, se busca entregar un tiempo de adaptación tanto a la industria como a los consumidores. Así, se incentivaría la innovación en materiales alternativos y la reducción del uso de desechables.

Por último, el miércoles 10, la Sala respaldó la idea de legislar de una modificación a la Ley de tránsito. La norma (boletín 17461) regula la obtención y cancelación de licencias de conducir respecto de personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Busca reforzar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, en beneficio de niños, niñas y adolescentes.

La disposición establece que, para obtener una licencia de conducir, será requisito no figurar en el citado Registro. Esta condición será verificada en línea por el funcionario correspondiente al momento de realizar la solicitud. En caso de existir una resolución judicial que lo autorice, la licencia podrá ser emitida con vigencia limitada, conforme a lo indicado en dicha resolución.