A Sala convenio sobre seguridad y salud de las y los trabajadores

La iniciativa aplica a todas las ramas de la actividad económica, incluida la administración pública y establece que los países miembros deberán reexaminar periódicamente la política laboral nacional.

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La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó y despachó a la Sala el Convenio N°155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores (boletín 17080). El texto fue adoptado en la 67ª Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el 22 de junio de 1981.

En términos generales, la norma viene a formar parte de los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Esto luego que la OIT incluyera en esta categoría el entorno de trabajo seguro y saludable en la 110ª Conferencia Internacional del Trabajo, en 2022.

En la sesión, el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, explicó que el convenio aplica a todas las ramas de la actividad económica, incluida la administración pública. Para esto, establece que los países deberán adoptar medidas apropiadas a las características de los diferentes tipos de trabajo en diversas esferas.

Alcance del convenio

El documento internacional establece que los países miembros deberán reexaminar periódicamente la política laboral nacional, para hacerla coherente en materia de seguridad y salud de las y los trabajadores y medio ambiente de trabajo.

Esta política tendrá por objeto prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean consecuencia del trabajo; para reducir al mínimo, en la medida en que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo.

Además, establece que esta política deberá tener como grandes esperas de acción el cuidado de los componentes materiales del trabajo, así como su relación y ejecución por parte de las y los trabajadores. También, pone un foco en la formación para mantener adecuados niveles de seguridad e higiene.

Todo esto debe contenerse en un marco legal que lo resguarde, junto a un sistema de inspección apropiado y suficiente. Este, además, deberá prever sanciones adecuadas en caso de infracción de leyes o reglamentos.

Finalmente, en cuanto a las acciones de las empresas, el texto establece que estas deberán disponer de lugares de trabajo, maquinaria y equipos seguros. Señala que, en la medida de lo posible, no se generen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, entre otros elementos.

En la sesión se destacó que, en términos generales, Chile cumple mayoritariamente con los elementos contenidos en el convenio. Sin embargo, la importancia de ratificar el acuerdo es continuar perfeccionando la normativa e incentivar buenas prácticas a nivel internacional.